Última revisión
Sentencia Penal Nº 116/2003, Audiencia Provincial de Toledo, Sección 2, Rec 117/2003 de 21 de Octubre de 2003
Texto
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: Penal
Fecha: 21 de Octubre de 2003
Tribunal: AP - Toledo
Ponente: GUTIERREZ SANCHEZ, JUAN VICENTE
Nº de sentencia: 116/2003
Núm. Cendoj: 45168370022003100639
Núm. Ecli: ES:APTO:2003:1031
Núm. Roj: SAP TO 1031/2003
Resumen
Esta Sección (S. 31.7.00, 16.9.03) mantiene el criterio, con lo que establece uno mas a los ya citados, de que en los supuestos de colisión entre el valor venal y el valor reparación, el único límite será el del precio de un vehículo nuevo, siendo esta norma aplicable siempre que la reparación se efectúe, única forma de reparar realmente el daño causado, y lo que integra la "restitutio in integrum", tesis que viene sosteniendo en cuanto la jurisprudencia establece que: a) No se debe dejar en manos del responsable o causante la forma en que debe cumplir su obligación; b) si el coste de reparación excede del valor comercial, siendo posible y querido la reparación debe prevalecer el primero siempre que la diferencia no sea escandalosa; y, c) que en todo caso la facultad moderadora de los Tribunales (conforme al art. 1.103, CC.) debe ser tenida en cuenta.
Voces
Valor venal
Daños materiales
Enriquecimiento injusto
Valor de mercado
Encabezamiento
Rollo Núm. .................... 117/2003.-
Juzg. Instruc. Núm. 3 de Illescas.-
J. Faltas Núm. .............. 206/2002.-
SENTENCIA NÚM. 116
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO
SECCION SEGUNDA
Ilmo.…
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder