Sentencia Penal Nº 112, A...io de 2000

Última revisión
29/06/2000

Sentencia Penal Nº 112, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 34 de 29 de Junio de 2000

Tiempo de lectura: 5 min

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Relacionados:

Orden: Penal

Fecha: 29 de Junio de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: FUENTES CANDELAS, CARLOS

Nº de sentencia: 112

Resumen
La alegación de deficiencias en el atestado Policial no puede prosperar, habida cuenta de que la diferencia de minutos consignados respecto al personamiento de la Fuerza actuante en el lugar de los hechos y la de exposición de hechos de la diligencia alcoholimétrica, resulta intranscendente y, en todo caso, un mero error material suficientemente aclarado testificalmente en el juicio oral, pues, en cualquier caso, de lo que no cabe duda es de que allí se personaron y se le practicaron las pruebas de alcohol como consta en el propio atestado y reconoció el acusado y testigos; y en cuanto a la realización de dichas pruebas por parte del Sargento de la Guardia Civil Sr. Maside en vez de por los policías locales, resulta perfectamente consignado en el folio 11 del atestado y ratificado testificalmente por los instructores en relación con el testimonio de aquél en el juicio oral.El alegato acerca de la prueba subjetiva o Síntomas alcohólicos tampoco es aceptable, dado las elevadas tasas medidas con aparato de precisión (1,07 y 1,03 miligramos) y los otros signos externos tenidos en cuenta en la sentencia apelada, apoyados en lo apreciado por los policías y guardia civil el día de autos, como así lo testificaron, además del alcoholismo crónico del acusado, y no sujeto a tratamiento en aquella época al haberlo abandonado aproximadamente en agosto de 1997, reanundándolo en junio de 1998, y su confesión de haber ingerido bebidas alcohólicas antes de conducir.En cuanto a la cuota diaria de multa, debemos bajar un poco la fijada en la sentencia apelada, estableciéndola en 1.000 pts-día y no las 300 pts pretendidas por el apelante, todo ello más acorde con la falta de investigación de otros recursos económicos que no sean los que resultan del escrito de defensa y justificante bancario de la cuota abonada a la Seguridad Social como trabajador autónomo, además de la esposa y cinco hijos y su condición de alcohólico que resultan del dictamen forense.  

Voces

Bebida alcohólica

Delito contra la Seguridad Vial

Atestado

Responsabilidad

Reincidencia

Arresto sustitutorio

Atestado policial

Ejecución de sentencia

Error material

Valoración de la prueba

Alcoholismo

Escrito de defensa

Fundamentos

T6

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

Sección 4ª

 

Rollo: 34/00

Reparto: 189/00

 

Órgano Procedencia:

JDO. DE LO PENAL Nº. 1 de A CORUÑA

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