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Sentencia Penal Nº 107, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 89 de 12 de Junio de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 12 de Junio de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: PANTIN REIGADA, ANGEL MANUEL
Nº de sentencia: 107
Resumen
JUICIO DE FALTAS POR LESIONES
Circulaba el denunciante en su vehículo por una carretera
en tramo recto ascendente con una limitación de velocidad a 90 Km/h cuando, al
salir de una curva, vio como el camión conducido por el acusado invadió la
calzada, frenó pero no pudo evitar el choque, como consecuencia del cual
resultó con lesiones de las que tardó en curar 123 días, su vehículo fue
declarado siniestro total. La sentencia de instancia entendió que en la
producción del accidente en el que resultó lesionado el denunciante
concurrieron sendas conductas negligentes del denunciado y del denunciante que
a su vez colisionó con el mismo cuando circulaba a excesiva velocidad. Se
interpuso recurso de apelación por entender que fue el denunciante el único
responsable del accidente y señalaron igualmente la incongruencia de la
sentencia de instancia que pese a apreciar que el denunciante contribuyó con su
conducta al resultado producido no redujo en igual medida la indemnización
concedida al denunciado.
La doctrina constitucional ha reiterado la admisibilidad
de la adhesión a la apelación si alberga pretensiones diversas a la apelación
principal, siempre que se permita a las personas cuyos intereses se vean
afectadas ejercer su derecho a defender y contradecir los argumentos expuestos
en ella o incluso su propia admisibilidad. Sin embargo, tal línea
jurisprudencial ha reiterado que la configuración del contenido y alcance de la
adhesión a la apelación es cuestión que corresponde al ámbito de la
interpretación de la legalidad ordinaria. No se impone una interpretación del
ámbito de la adhesión a la apelación que admita eventuales adhesiones que
contradigan los presupuestos de la apelación principal, siendo tal cuestión
materia de interpretación de la legalidad, en la que ha de seguirse la doctrina
generalizada que exige que exista entre la apelación principal y la adhesiva
una mínima coherencia que pueda justificar que a la pretensión impugnatoria
inicial se añada la sobrevenida por la vía adhesiva. Esto determina la desestimación
del recurso impuesto de forma adhesiva por el perjudicado, con pretensiones
antitéticas a la apelación inicial.
El examen de las actuaciones lleva a entender adecuado el
entendimiento de la sentencia de instancia que apreció que en la producción del
siniestro concurrieron sendas conductas carentes de la debida diligencia de los
dos conductores implicados. Lo que determina la corrección de la apreciación de
negligencia causante de lesiones imputable al conductor del camión.
Voces
Valor venal
Responsabilidad
Cuota impagada
Atestado
Daños estéticos
Daños materiales
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 6
Rollo: 89 /2000 APELACION JUICIO DE FALTAS
Órgano Procedencia: JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 3 de SANTIAGO
DE COMPOSTELA
Proc. Origen: …
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