Sentencia Penal Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1092 de 26 de Octubre de 1999
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Orden: Penal
Fecha: 26 de Octubre de 1999
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: BERENGUA MOSQUERA, ANTONIO
Resumen
HECHOS PROBADOS
Sobre las 22 horas 15 minutos del día 6 de Junio de
1.997, el acusado Francisco Javier G, mayor de edad, sin antecedentes penales,
tras una discusión con Alberto Manuel M se enzarzó en una pelea, entre ambos,
en el curso de la cual agredió a Alberto Manuel dándole puñetazos y patadas.
No resulta probado que el traumatismo produjese pérdida
de incisivos superiores y caninos superiores, n rotura de prótesis.
No procede acordar la nulidad peticionada por la defensa
del acusado Javier G porque las pruebas que pide por otrosí son improcedentes
por cuanto se refieren al acusado Alberto Manuel M con olvido de que no está
acusado en éste proceso y por consiguiente la número 1 que dice, que por el
médico forense sea examinado el acusado Alberto Manuel M, la número 2 que se
recaben antecedentes penales del acusado y la número 3 que se dirija oficio a
la comisaría de policía de Vigo ... Los hechos que se declaran probados son
legalmente constitutivos de una falta prevista y penada en el art. 617.1º del Código Penal, según resulta del informe médico forense que permitió modificar el escrito de acusación por el Ministerio Fiscal al suprimir del contexto
"la deformidad" y por tanto el artículo 150 del vigente Código Penal, de manera que se absuelve al acusado del delito de lesiones al no acusarse por
delito y hacerlo solo por falta y de ésta última es autor el acusado Francisco
Javier G.
CUARTO.- No concurren en el acusado circunstancias
modificativas de la responsabilidad criminal.
FALLAMOS
Se absuelve al acusado Francisco Javier G del delito de
lesiones de que se le acusaba con declaración de oficio de las costas
procesales correspondientes al mismo.
Se condena al acusado Francisco Javier G como autor
criminalmente responsable de una falta de lesiones ya definida a la pena de un
mes de multa con una cuota diaria de doscientas pesetas y a que indemnice a
Alberto M en la cantidad de 24.000 pesetas (veinticuatro mil pesetas) por las
lesiones y en los daños de las ropas que se acrediten en ejecución de sentencia
por importe no superior a 5.000 Ptas (cinco mil psetas) y al pago de las costas
procesales de un juicio de faltas.
Voces
Delitos de lesiones
Falta de lesiones
Acusación pública
Antecedentes penales
Deformidad
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Diligencias previas
Indefensión
Prueba de cargo
Ejecución de sentencia
Delito de robo
Escrito de defensa
Práctica de la prueba
Responsabilidad
Fundamentos
S E N T E N C I A
En Pontevedra, a veintiseis de octubre de mil novecientos
noventa y nueve. Vistas por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de
Pontevedra, formada por los …
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