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Sentencia Penal Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 159/98 de 31 de Marzo de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 31 de Marzo de 1998
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SEOANE PESQUEIRA, FERNANDO
Resumen
En el propósito de neutralizar en parte el notable
endurecimiento de la penalidad del robo con el nuevo Código Penal de 1995, el
legislador, en este apartado 3 del articulo 242, ha decidido dejar en manos de
los Tribunales la posibilidad de apreciar que la violencia o intimidación
ejercidas sean de poca entidad y en su virtud poder reducir la pena. En la
jurisprudencia ya se había detectado cierto malestar ante la necesidad de
calificar como actos violentos algunos que, como el "tirón", sólo tienen
un pequeño componente de violencia física, pero que inexorablemente habían de
dar lugar a la imposición de la misma pena que otros robos intimidatorios que,
además, evidenciaban superior peligrosidad de su autor (sentencias de 15 de
octubre y 3 de diciembre de 1992, en las que se llego a decir que si la
violencia era escasísima, se debía apreciar hurto), El artículo 246 del Proyecto de Código Penal de 1992, introductor de esta idea, usó la expresión "violencia o intimidación insignificantes,', que tal vez expresaba más
claramente la finalidad pretendida al introducir ese tipo privilegiado. Del
referido delito es responsable en concepto de autor el acusado Juan José C por
haber tomado parte directa y voluntaria en su realización con arreglo al
articulo 28 del Código Penal. El propio acusado ha confesado su autoria en el
juicio oral.
Voces
Robo
Violencia o intimidación
Reducción de la pena
Violencia fisica
Violencia
Hurto
Responsabilidad
Fundamentos
En el propósito de neutralizar en parte el notable
endurecimiento de la penalidad del robo con el nuevo
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