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Sentencia Militar Nº 35/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Militar, Sección 1, Rec 34/2017 de 10 de Abril de 2018
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Orden: Militar
Fecha: 10 de Abril de 2018
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA, CLARA
Nº de sentencia: 35/2018
Núm. Cendoj: 28079150012018100032
Núm. Ecli: ES:TS:2018:1212
Núm. Roj: STS 1212:2018
Resumen
DELITOS DE MALTRATO DE OBRA A CENTINELA (artículo 34.2º del Código Penal Militar de 2015) Y LESIONES (art. 147.2º Código Penal). No hay error de hecho en la valoración de la prueba: Correcta apreciación de que el sujeto pasivo ostentaba la condición de centinela. Correcta valoración de las pruebas periciales médicas sobre la salud mental del recurrente. Adecuada tipificación de la conducta enjuiciada: De acuerdo con el artículo 4º CPM 2015, los militares que sean componentes de las guardias de seguridad, en el ejercicio de su cometido, tienen la condición de centinelas. Existencia de dolo genérico. Insuficiente motivación de las penas impuestas: Procede la reducción de la pena de multa a la que no se le había aplicado la rebaja en un grado por la apreciación de la eximente incompleta del artículo 21.1º en relación con el art. 20.1º del Código Penal de 1995. Estimación parcial del recurso.
Voces
Valoración de la prueba
Error de hecho
Prueba pericial
Prueba documental
Derecho a proceso sin dilaciones indebidas
Encabezamiento
RECURSO CASACION PENAL núm.: 34/2017
Ponente: Excma. Sra. D.ª Clara Martinez de Careaga y Garcia
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Vicente García Fernández
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