Última revisión
23/11/2023
Sentencia Contencioso-Administrativo 1394/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. 6841/2020 de 06 de noviembre del 2023
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 06 de Noviembre de 2023
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
Nº de sentencia: 1394/2023
Nº de recurso: 6841/2020
Núm. Cendoj: 28079130042023100589
Núm. Ecli: ES:TS:2023:4577
Núm. Roj: STS 4577:2023
Resumen
Los actos administrativos consentidos, por no haber sido objeto de recurso en el plazo establecido y cuya nulidad de pleno Derecho se afirme, solamente podrán ser removidos mediante el procedimiento de revisión de oficio previsto por el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Los efectos de la declaración de nulidad han de operar desde el momento en que se dictó la resolución que la padece, sin perjuicio de los límites establecidos por la Ley en materia de prescripción de las obligaciones de la Hacienda Pública y de los sentados por el apartado 4 de la disposición derogatoria de la Ley de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha 1/2012, de 21 de febrero, de medidas complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales. Estimación.
Voces
Personal estatutario
Interés casacional
Revisión de oficio
Actos consentidos
Nulidad de pleno derecho
Formación profesional
Desestimación presunta
Principio de igualdad
Denegación por silencio
Silencio administrativo
Vicio de nulidad
Plazo de prescripción
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