Última revisión
23/11/2023
Sentencia Contencioso-Administrativo 1392/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. 327/2022 de 06 de noviembre del 2023
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 06 de Noviembre de 2023
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
Nº de sentencia: 1392/2023
Nº de recurso: 327/2022
Núm. Cendoj: 28079130022023100330
Núm. Ecli: ES:TS:2023:4587
Núm. Roj: STS 4587:2023
Resumen
IRPF. Mutualidad Laboral de Banca. Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 1967.Las aportaciones/cotizaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca a partir del 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, por lo que resulta procedente la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, debiendo integrarse en la base imponible del impuesto el 75% del importe de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas.
Voces
Rendimientos del trabajo
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Base imponible IRPF
Seguridad jurídica
Interés casacional
Doble imposición
Rectificación de la autoliquidación tributaria
Mala fe
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