Última revisión
Sentencia Contencioso-Administrativo 328/2004 Tribunal Superior de Justicia de Galicia . Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. 638/2003 de 28 de abril del 2004
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Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 28 de Abril de 2004
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: GALINDO GIL, MARIA DOLORES
Nº de sentencia: 328/2004
Núm. Cendoj: 15030330012004100313
Resumen
El TSJ confirma la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra otra denegatoria de la subvención solicitada por la actora. Manifiesta la Sala que Las bases de una convocatoria, son vinculantes tanto para los particulares que concurren como para la propia Administración. Para los primeros significa que quien participa sin previa impugnación de las bases, carece de la posibilidad de reaccionar posteriormente frente a las mismas en aplicación de la doctrina de los actos propios. La Administración debe observar y aplicar las bases reguladoras sin poder acceder a lo peticionado por la recurrente en tanto constituiría una excepción contraria a la finalidad de la bases.
Voces
Doctrina de los actos propios
Principio de igualdad
Concurrencia competitiva
Mala fe
Encabezamiento
01 /000638 /2003
SECCION PRIMERA
EN NOMBRE DEL REY
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha
pronunciado la siguiente:
SENTENCIA Nº 328/2004
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