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Sentencia Contencioso-Administrativo 248/2004 Tribunal Superior de Justicia de Galicia . Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. 908/2002 de 24 de marzo del 2004
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Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 24 de Marzo de 2004
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: LOPEZ GONZALEZ, BENIGNO
Nº de sentencia: 248/2004
Núm. Cendoj: 15030330012004100337
Resumen
Desestima el TSJ el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución por la que se le impone a la demandante, como autora de una infracción muy grave y otra grave, en materia de sanidad animal, previstas en los arts. 2.2.i) y 2.3.m), respectivamente, del RD 8/2001, de 6 de abril, por el que se establece el sistema de infracciones y sanciones en materia de Encefalopatías Espongiformes Transmisibles, sendas multas. Advierte que a la entidad recurrente que, al tiempo de la inspección realizada no se hallaba autorizada para fabricar piensos con harina de pescado, pues la solicitud de autorización a tal fin tuvo entrada en el Registro de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural el 24 de abril siguiente y su concesión está sujeta a condiciones tales como la prohibición de elaborar y fabricar alimentos para rumiantes, la de almacenar conjuntamente piensos para rumiantes con el resto de las especies monogástricas, etc. Ninguna irregularidad supone el hecho de que el órgano sancionador pueda, de conformidad con lo dispuesto en el art. 20.3 RD 1398/1993, de 4 de agosto, sustituir la infracción inicialmente imputada en la propuesta de resolución por otra de mayor gravedad, siempre que, como sucede en el presente caso, se lo haga saber al interesado para que, en el término de 15 días, pueda hacer las oportunas alegaciones, razón por la que tampoco se le ha generado indefensión alguna.
Voces
Indefensión
Expediente sancionador
Tramitación del expediente
Mala fe
Jurisdicción contencioso-administrativa
Encabezamiento
01/0000908/2002
SECCION PRIMERA
EN NOMBRE DEL REY
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha
pronunciado la siguiente:
SENTENCIA Nº 248/2004
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