Sentencia Constitucional ...ro de 2013

Última revisión
17/01/2013

Sentencia Constitucional Nº 8/2013, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 2586/2008 de 17 de Enero de 2013

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Orden: Constitucional

Fecha: 17 de Enero de 2013

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: ROCA TRIAS, ENCARNACION

Nº de sentencia: 8/2013

Nº de recurso: Recurso de inconstitucionalidad 2586/2008

Núm. Ecli: ES:TC:2013:8

Resumen
Interpuesto por el Gobierno de Canarias frente al artículo único apartado uno de la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural.Competencias sobre ordenación general de la economía y régimen energético: constitucionalidad del precepto legal que atribuye a la Administración del Estado la competencia para otorgar las autorizaciones de exploración y permisos de investigación que afecten al subsuelo marino.Se debate la conformidad con el marco constitucional de competencias en materia de ordenación general de la economía y régimen energético del precepto que atribuye al Estado la potestad para otorgar las autorizaciones de exploración y permisos de investigación en las zonas de subsuelo marino o en las zonas cuyo ámbito comprenda tanto el ámbito terrestre como del subsuelo marino.Tras delimitar la materia y el ámbito competencial, reconociendo al Estado la capacidad para ordenar a través de legislación básica el sector energético y el subsector gasístico y a la Comunidad Autónoma el desarrollo normativo y ejecutivo (STC 135/2012, de 19 de junio), el Tribunal desestima el recurso al no estar integradas las aguas jurisdiccionales adyacentes a las islas en el territorio canario. De acuerdo con la reiterada doctrina constitucional el mar no forma parte del territorio autonómico, y para que, excepcionalmente, se puedan desarrollar competencias autonómicas sobre este espacio es necesario su explícito reconocimiento estatutario. El reformado Estatuto de Canarias no incluye cláusula alguna al respecto. A su vez no cabe el uso del concepto archipiélago contenido en la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, por tratarse de un concepto propio del Derecho internacional que no puede ser aplicado para la definición del territorio como límite natural de la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Voces

Mar territorial

Competencia de las Comunidades Autónomas

Actividades económicas

Estatutos de autonomía

Recurso de inconstitucionalidad

Intervención de abogado

Constitucionalidad

Planificación económica

Transporte de energía

Dominio público marítimo terrestre

Caducidad de la acción

Competencias de la Administración General del Estado

Ordenación del territorio

Fondo del asunto

Espacios naturales

Zona marítimo-terrestre

Mandato

Principio de solidaridad

Autogobierno

Pesca marítima

Administración local

Pesca

Puertos

Puertos de interés general

Actividades de refuerzo y/o extraescolares

Espacio protegido

Auxilio