Última revisión
Sentencia Constitucional Nº 7/2020, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Rec Recurso de amparo 3298/2018 de 27 de Enero de 2020
Sentencia
Orden: Constitucional
Fecha: 27 de Enero de 2020
Tribunal: Tribunal Constitucional
Ponente: VALDES DAL-RE, FERNANDO
Nº de sentencia: 7/2020
Nº de recurso: Recurso de amparo 3298/2018
Núm. Ecli: ES:TC:2020:7
Resumen
Promovido por la entidad Champicasa, S.A.T., respecto de la sentencia dictada por un juzgado de lo social de Cuenca en proceso por despido.Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer emplazamiento de la entidad demandada (STC 47/2019).En aplicación de la doctrina de la STC 47/2019, de 8 de abril, se otorga el amparo y se declara vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión. El acto de emplazamiento y citación como demandada de la empresa, ahora recurrente de amparo, en un proceso laboral debió haberse realizado por correo certificado con acuse de recibo, en el domicilio de la misma y no mediante la dirección electrónica habilitada.
Voces
Actos de comunicación
Recurso de amparo
Indefensión
Derecho a la tutela judicial efectiva
Incidente de nulidad de actuaciones
Despido por causas objetivas
Derechos fundamentales
Persona jurídica
Nulidad de actuaciones
Tramitación telemática
Obligación de hacer
Incidente concursal
Poderes públicos
Retroacción de actuaciones
Acto de conciliación
Tutela
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