Sentencia Constitucional ...io de 2013

Última revisión
11/07/2013

Sentencia Constitucional Nº 141/2013, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 1735/2002 de 11 de Julio de 2013

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Orden: Constitucional

Fecha: 11 de Julio de 2013

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: ASUA BATARRITA, ADELA

Nº de sentencia: 141/2013

Nº de recurso: Recurso de inconstitucionalidad 1735/2002

Núm. Ecli: ES:TC:2013:141

Resumen
Interpuesto por el Parlamento de Navarra en relación con diversos preceptos de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.Principio de seguridad jurídica; autonomía universitaria y competencias sobre función pública y universidades: pérdida parcial de objeto del proceso (STC 131/2013); constitucionalidad de los preceptos legales estatales sobre creación y reconocimiento de universidades, institutos universitarios de investigación, centros adscritos y personal de administración y servicios.Se enjuicia si los preceptos de la Ley orgánica de universidades (LOU) impugnados por el Parlamento de Navarra vulneran sus competencias autonómicas en materia de universidades y de función pública, la autonomía universitaria, el principio de seguridad jurídica y la igualdad ante la ley. En primer lugar y en aplicación de la doctrina sentada por las SSTC 223/2012, de 29 de noviembre y 131/2013, de 5 de junio, se declara la pérdida sobrevenida de objeto de la impugnación de los preceptos que excepcionan a las universidades de la Iglesia católica de ley de reconocimiento y que incluyen en los consejos de gobierno de las universidades a tres miembros del correspondiente consejo social. También en aplicación de la referida doctrina, son desestimadas las impugnaciones de la Ley controvertida relativas a la regulación de los institutos de investigación y de los centros de enseñanza universitaria adscritos a universidades públicas. En cuanto a la atribución a las Cortes Generales de capacidad para crear universidades públicas y reconocer a las privadas, se desestiman ambos motivos de impugnación: el competencial en aplicación de la doctrina sentada en la STC 26/1987, de 27 de febrero y reiterada por la STC 223/2012, de 29 de noviembre, y el relativo a una presunta vulneración del principio de seguridad jurídica, por la insuficiente argumentación de la parte recurrente. Finalmente, en aplicación de la STC 140/1990, de 20 de septiembre, también se rechaza la impugnación de la regulación del régimen estatutario del personal de administración y servicios de las universidades públicas, fundada en la falta de una cláusula de salvaguardia del plus competencial que ostenta la Comunidad Foral de Navarra.

Voces

Funcionarios públicos

Profesorado

Recurso de inconstitucionalidad

Competencia de las Comunidades Autónomas

Centro docente

Seguridad jurídica

Igualdad ante la ley

Constitucionalidad

Cuestiones de fondo

Principio de igualdad

Intervención administrativa

Estatutos de autonomía

Representación procesal

Omisión

Libertad de enseñanza

Persona física

Principios constitucionales

Entes públicos