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Sentencia Civil Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 17 de Septiembre de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 17 de Septiembre de 1998
Tribunal: TSJ Madrid
Resumen
Sentencia de 17 de septiembre de 1998
Ponente: Dª. Carmen García de Leaniz
Garantías por cambio de empresario.
Contrata o subcontrata de obras o servicios.
RESUMEN: La contrata o subcontrata de obras o servicios requiere que éstos correspondan a la propia actividad de la empresa. Ello significa que constituyan su principal ciclo productivo y sean indispensables para conseguirlo. Sólo quedan fuera las obras o servicios contratados que estén desconectados de la finalidad productiva y de las actividades normales de tal empresa.
La responsabilidad solidaria de la empresa principal se extiende no sólo al pago de las cuotas de Seguridad Social, sino también al abono de los salarios de tramitación en los supuestos de despido declarado improcedente o nulo.
Normativa aplicada: Artículo 42.1 y 2 Estatuto de los Trabajadores.
Voces
Responsabilidad
Actividades empresariales
Empresa principal
Sociedad de responsabilidad limitada
Falta de legitimación pasiva
Realización de obras
Responsabilidad solidaria del empresario
Responsabilidad solidaria
Relación jurídica
Cuenta de depósitos y consignaciones
Fundamentos
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO.- Frente a la sentencia de instancia que, estimando la demanda declaró la improcedencia del despido por el que se accionaba condenando a GENERAL DE …
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