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Sentencia Civil Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 26 de Enero de 1993
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 26 de Enero de 1993
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 26 de enero de 1993
Ponente: Don Eduardo Barrachina Juan
Renta de las personas físicas. Deuda tributaria. Recargos.
El pago de la deuda tributaria efectuado una vez superado el período voluntario quebranta la obligación del sujeto pasivo de cumplir su obligación tributaria dentro del período voluntario. Al hacerlo tardíamente, más antes del inicio del procedimiento de apremio, incurre en la obligación de abonar intereses de demora más no en el recargo de apremio.
Voces
Realización forzosa
Certificaciones de descubierto
Intereses de demora
Título ejecutivo
Vencimiento del plazo
Obligación principal
Perjuicios económicos
Persona física
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.-La cuestión a resolver en el presente proceso se reduce a una cuestión estrictamente jurídica, con su natural trascendencia económica, por tratarse de …
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