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Sentencia Civil Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 23 de Julio de 1993
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Orden: Civil
Fecha: 23 de Julio de 1993
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 23 de julio de 1993
Ponente: Don Emilio Aragonés Beltrán
Impuesto de Bienes Inmuebles. Actos de gestión e instrucción tributaria. Recurso de reposición. Objeto.
Producida la recepción del aviso de pago el plazo para el recurso de reposición ha de computarse desde la finalización del período voluntario de cobranza. No se computa el mes desde la exposición pública de los correspondientes padrones de contribuyentes. Es inderogable la competencia de los Tribunales Económico-Administrativos para conocer de las reclamaciones que se interpongan contra los valores catastrales por lo que resulta absoluta la falta de competencia del Ayuntamiento para resolver la impugnación basada en la disconformidad con el valor catastral aplicado.
Voces
Valor catastral
Indefensión
Bienes inmuebles
Dies a quo
Derecho de defensa
Derecho a la tutela judicial efectiva
Plazos de interposición del recurso
Gestión catastral
Falta de competencia
Contribución territorial urbana
Ponencia de valores
Valoración catastral
Cuestiones de fondo
Fundamentos
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