Última revisión
Sentencia Civil Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 07 de Diciembre de 1998
Texto
Orden: Civil
Fecha: 07 de Diciembre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 7 diciembre 1998
Ponente: ANGELES VIVAS LARRUY
Convenios colectivos
Eficacia
Vigencia
Cobertura de vacíos normativos
Se declara de carácter obligacional y no normativo, el contenido del precepto del convenio colectivo que obliga a la empresa a mantener a los trabajadores con contrato indefinido y a tratar como despido nulo todos aquellos que sean declarados improcedentes por el juzgado de lo social, desde el momento de su declaración y con independencia de los recursos que legalmente vengan establecidos; y por consiguiente no se puede entender vigente a la fecha del despido enjuiciado cuando ya se había denunciado el convenio en cuestión. Siendo esto o así porque del Contenido íntegro del precepto se deduce que se pactó porque habla un conflicto planteado en la empresa, articulándose como una medida a cambio de ", claramente en aras a mantener la paz social, por lo que tiene una limitación temporal en el contexto de los dos años siguientes al convenio, no constituyendo por tanto una condición de trabajo sino un compromiso temporal motivado por circunstancias concretas.
Legislación citada: Estatuto de los Trabajadores, art. 86.3º, 1º.
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. - Contra la sentencia de instancia que desestima la demanda inicial por la que se solicitaba la declaración de nulidad del despido, y declara la …
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