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Sentencia Civil Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, de 09 de Octubre de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 09 de Octubre de 1998
Tribunal: TSJ Andalucia
Resumen
Sentencia de 9 de octubre de 1998
Ponente.:D. Alfonso Martínez Escribano
CONVENIOS COLECTIVOS
Aplicación.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Rebus sic stantibus
Resumen: La aplicación del principio "rebus sic stantibus" referido a un Convenio Colectivo, a fin de entender a ustada a Derecho su inobservancia, exigirla la prueba de una alteración extraordinaria que produzca desproporción desorbitante, lo que no consta respecto a la materia de calendario y periodo de vacaciones de los trabajadores. Por otro lado, el principio no tiene su campo de aplicación natural en las normas, sino en las obligaciones contractuales, aparte de existir un régimen laboral específico para la modificación de las condiciones sustanciales de trabajo.
Normativa aplicada: arts. 3º.1.c), 38.2, 41 y 82.1 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y 1091,1255,1258 y 1278 del Código Civil.
Voces
Voluntad
Cláusula rebus sic stantibus
Pacta sunt servanda
Efectos del contrato
Voluntad unilateral
Relación contractual
Desistimiento unilateral
Quiebra
Modificación de las obligaciones
Comisiones
Resolución recurrida
Período vacacional
Obligación contractual
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La sentencia de instancia estimó las demandas de conflicto colectivo interpuesta por
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