Sentencia Civil Nº 94, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 2038/98 de 26 de Febrero de 1998
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Orden: Civil
Fecha: 26 de Febrero de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: GUTIERREZ RODRIGUEZ MOLDES, ANTONIO
Nº de sentencia: 94
Resumen
Sobre reclamación de cantidad por días de baja y secuelas
en Accidente de Tráfico.La interposición de cuatro recursos de apelación por
sendas partes procesales, con articulación de varios motivos por cada una de
ellas exige un orden sistemático en su relación, ya que incluso algunos de
aquellos motivos coinciden sobre el mismo fundamento de la sentencia. Como
cuestión previa se desestima el motivo de nulidad de la sentencia dictada
porque el nombramiento de un juez en régimen de provisión temporal se encuentra
previsto y regulado por la L.0.P.J. sin que exista razón alguna para dudar de
la legalidad de este nombramiento que no era por sí mismo el derecho al juez
ordinario predeterminado por la Ley ni implica conculcación del principio de
inmediación sino una situación accidental igual a la de una sustitución por
cualquiera de las causas legalmente Posibles Í Igualmente se desestiman las dos
excepciones que reitera la representación del Sergas porque no es defendible en
casos como el presente de pluralidad de demandados la competencia de la
jurisdicción contencioso administrativa, sin que las alegaciones y
jurisprudencia invocadas contradiga la resolución de primera instancia. Y
carece de toda base su falta de legitimación pasiva en función de una póliza de
seguro que no se discute, pues frente al perjudicado la responsabilidad de
asegurado y aseguradora es solidaria, a reserva de las relaciones entre ambos.
Sobre la responsabilidad principal de uno solo de los conductores motivan sus
recursos el conductor y compañía contrarios, destacando cada uno la supuesta
negligencia del otro. Coincidiendo con la sentencia apelada no se puede
apreciar, después de valorar toda la prueba practicada, la responsabilidad
exclusiva de uno sólo de los conductores, sino que se confirma la compartida
por ambos, aunque más que la indeterminación de cada negligencia se pueden
concretar éstas, en el paso del semáforo en rojo por la ambulancia como se
deduce de la confesión de su conductor, y la falta de atención del conductor
del turismo en función de, la amplia visibilidad del cruce que le permitía
distinguir con tiempo la circulación de la ambulancia.
Se estima el recurso.
Voces
Secuelas
Accidente
Responsabilidad
Fecha del siniestro
Reclamación de cantidad
Accidente de tráfico
Intereses legales
Interés legal del dinero
Partes del proceso
Derecho al Juez ordinario predeterminado
Falta de legitimación pasiva
Competencia de la jurisdicción
Póliza de seguro
Asegurador
Práctica de la prueba
Responsabilidad exclusiva
Informes periciales
Factor de corrección
Perjuicios económicos
Incapacidad
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION SEGUNDA PONTEVEDRA
APELACION CIVIL
Rollo : 2038/98
Asunto : VERBAL CIVIL
Número : 0848/95
Procedencia : JDO.PRIMERA INSTANCIA VIGO_2
LA SECCION SEGUNDA DE LA …
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