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Sentencia Civil Nº 92, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 2039/98 de 24 de Febrero de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 24 de Febrero de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, RAFAEL
Nº de sentencia: 92
Resumen
Sobre Reclamación de Cantidad por daños derivados de
Accidente de Tráfico.
Para que procediera la estimación de la demanda que rige
este procedimiento, sería necesario que la parte actora, de acuerdo con el,
artículo 1902 del Código Civil, acreditase la culpa o negligencia del vehículo portugués que dice le procedía y que según su versión, hizo un giro a la
izquierda sin señalizar debidamente. Es pues necesario que la parte actora,
acredite debidamente que dicho giro a la izquierda se realizó sin señalizar y
sorprendiendo en la conducción y cuando el vehículo de la demandante era el que
seguía al de matrícula portuguesa. En el procedimiento, no existe prueba alguna
conducente a determinar la negligencia o la infracción de normas reglamentarias
por parte del vehículo de origen portugués, sosteniendo esta parte que el
accidente se produce por el exceso de velocidad de la actora, que lo hace en la
misma dirección, sin poder detener el vehículo, por lo que al existir dos
versiones contradictorias no avaladas por los medios de prueba pertinentes.
Se desestima el recurso.
Voces
Reclamación de cantidad
Accidente de tráfico
Culpa
Accidente
Medios de prueba
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION SEGUNDA PONTEVEDRA
APELLCION CIVIL 0478
Rollo : 2039/98
Asunto : VERBAL CIVIL
Número ; 0249196
Procedencia : JDO.L INST.9 INSTR. TUI
LA SECCION SEGUNDA DE …
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