Sentencia CIVIL Nº 91/202...zo de 2022

Última revisión
14/09/2022

Sentencia CIVIL Nº 91/2022, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 5, Rec 102/2021 de 30 de Marzo de 2022

Tiempo de lectura: 24 min

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Orden: Civil

Fecha: 30 de Marzo de 2022

Tribunal: AP - Vizcaya

Ponente: HUERTA SANCHEZ, MARIA ELISABETH

Nº de sentencia: 91/2022

Núm. Cendoj: 48020370052022100065

Núm. Ecli: ES:APBI:2022:735

Núm. Roj: SAP BI 735:2022

Resumen
PRIMERO.- Por la representación de Dª María Inmaculada se apela la sentencia dictada en primera instancia en solicitud de que la misma sea revocada y se estime la demanda interpuesta, aduciendo para ello que el testador quiso dar un contenido distinto a los dos legados de inmuebles que estableció en su testamento relativos a bienes inmuebles, pues a D. Benito le legó ' la finca sita en Noceco (Burgos) 'mientras que a su madre Dª Alicia le legó 'los derechos que le correspondian sobre la vivienda sita en Leioa, CALLE000 nº NUM000,NUM001', de lo que se deduce que el testador quería efectos diferentes, pues de otro modo no habría utilizado expresiones diferentes, errando la sentencia en la interpretación de la voluntad del testador, pues hay documentos como cartas manuscritas del testador, mensajes de texto y audios de la plataforma de Facebook, anteriores, posteriores y coetáneos a la fecha del testamento de los que se deduce que el testador no quería dejar a la demandada la vivienda de Leioa libre de cargas, sino con la deuda hipotecaria que la gravaba, y si el contenido del legado a favor de la legataria no comprende el préstamo hipotecario que grava la vivienda de Leioa, dicha carga la tiene que asumir la actora, que es la heredera única, y hacerse cargo de un préstamo de 303.667,96? a fecha del fallecimiento del testador, lo que es absolutamente contradictorio con lo que le deja a la heredera única que le 'deja casi todo lo que tiene para ella y para el hijo de ella, Jeronimo, fruto de una relación anterior, mientras que dicha afirmación sí tendría sentido si fuera Dª Alicia quien tuviera que hacerse cargo del préstamo hipotecario, y la posibilidad de renuncia de la legataria al legado es consecuencia de que no le deje el piso libre de cargas y deudas, sino que le deja la vivienda con las mismas, de ahí la posibilidad de renuncia de la legataria; y tampoco tendría sentido decirle a la heredera que venda los otros tres pisos en alquiler que re

Voces

Testador

Legados

Legatario

Testamento

Préstamo hipotecario

Contrato de hipoteca

Hipoteca

Voluntad del testador

Heredero único

Derecho de crédito

Voluntad testamentaria

Plaza de garaje

Derecho de propiedad

Otorgamiento del testamento

Bienes inmuebles

Fallecimiento del testador

Deuda hipotecaria

Herencia

Interpretación testamentaria

Derechos reales

Legado de cosa

Derecho real de prenda

Prenda

Deuda exigible

Informes periciales

Deudor hipotecario

Fallecimiento del causante

Fincas registrales

Prestamista

Registro de la Propiedad

Grabación

Doctrina de los actos propios

Derechos reales de garantía

Usufructo

Derechos del acreedor

Servidumbre

Declaración testamentaria

Cláusula testamentaria

Valor de mercado

Encabezamiento

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