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Sentencia CIVIL Nº 86/2019, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 3, Rec 469/2018 de 21 de Marzo de 2019
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Orden: Civil
Fecha: 21 de Marzo de 2019
Tribunal: AP - Vizcaya
Ponente: GUTIERREZ GEGUNDEZ, ANA ISABEL
Nº de sentencia: 86/2019
Núm. Cendoj: 48020370032019100075
Núm. Ecli: ES:APBI:2019:932
Núm. Roj: SAP BI 932/2019
Resumen:
PRIMERO.- Insta la representación de la entidad BBVA la revocación de la resolución recurrida y en su lugar se dicte otra por la que se desestime la demanda de contrario en su día interpuesta. En justificación de tal petición y en motivación del recurso denunciaba en primer lugar la falta de legitimación del Sr. Calixto. Se expresaba en este punto que no consta que el Sr. Calixto suscribiera contrato alguno de adquisición de ninguna vivienda ni con la Promotora, ni con el Sr. Florentino; no existe documento alguno que justifique o que acredite la realidad de su adquisición. Denuncia como segundo motivo del recurso la errónea valoración de la prueba. Incorrecta inversión de la carga de la prueba. No existe acreditación de que las compraventas de las viviendas litigiosas se destinaban a uso residencial propio y por el contrario señalaba el carácter especulativo de las mismas.Desde la consideración de que nos encontramos ante una operación especulativa y por ende no sometida a la Ley 57/68 analizaba la prueba practicada. Siguiendo sus alegaciones con la determinación de la prueba significaba, a lo largo de su alegación tercera, la falta de coincidencia de los pagos reclamados en la demanda y los pactados en los planes de pagos contemplados en los contratos litigiosos y ello en punto a la acreditación de que el pago realizado por un tercero ajeno a los actores fuera a cuenta de estos. Por último y como cuarta alegación señalaba la inexistencia de responsabilidad de BBVA y al respecto de la doctrina jurisprudencial del T.S.
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN TERCERA
BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - HIRUGARREN SEKZIOA
BARROETA ALDAMAR, 10-3ª planta - C.P./PK: 48001
TEL. : 94-4016664 Fax / Faxa : 94-4016992
NIG PV / IZO EAE: 48.04.2-17/012953
NIG CGPJ / IZO BJKN :48020.42.1-2017/0012953
Recurso apelación procedimiento ordinario
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de Prime...
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