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Sentencia Civil Nº 79, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 172 de 02 de Marzo de 2000
Texto
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 02 de Marzo de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: FUENTES CANDELAS, CARLOS
Nº de sentencia: 79
Resumen
Frente a los concretos hechos especificados en el escrito
de demanda, factura y albarán, el demandado, preguntado sobre la firma del
albarán de entrega se muestre dubitativo y no solo eso sino que espontáneamente
añada que "no se corresponde con la mercancía suministrada", cuando
antes, en la contestación a la demanda se había negado la firma y solo se
habían reconocido relaciones comerciales con la demandante hasta 1995, pero no
en 1996, año de la venta litigiosa, deduciéndose de aquella respuesta que sí recibió
mercancía en tal ocasión pero no la reseñada en el albarán. Aunque es empleado
de la demandante fue propuesto como testigo por ambas partes.Se desestima el
recurso.
Voces
Mercancías
Sociedad de responsabilidad limitada
Reclamación de cantidad
Juicio de cognición
Valoración de la prueba
Resolución recurrida
Intereses legales
Interés legal del dinero
Responsabilidad
Fundamentos
CORUÑA N° 6.
Rollo: MENOR CUANTIA 172/1999.
VTA.: 1-3-00.
FECHA DE REPARTO: 25-1-99.
SENTENCIA N° 79
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
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