Última revisión
06/10/2005
Sentencia Civil Nº 719/2005, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 1110/1999 de 06 de Octubre de 2005
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 06 de Octubre de 2005
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GARCIA VARELA, ROMAN
Nº de sentencia: 719/2005
Nº de recurso: 1110/1999
Núm. Cendoj: 28079110012005100688
Resumen
Confirma el TS la sentencia que declaró que no ha quedado probada la relación de causalidad entre la conducta de la demandada y el resultado del fallecimiento del esposo de la actora, siendo preciso para la declaración de responsabilidad que quede establecido con una mínima certeza el nexo causal entre el acto tachado de culpable o negligente o la omisión de los cuidados indicados y, el resultado dañoso previsible y evitable; no siendo posible declarar la responsabilidad cuando, por el contrario no se ha podido establecer dicha relación de causalidad o, cuando el resultado dañoso no dependió de una conducta del profesional sanitario. Dar lugar a la pretensión actora supondría tanto como partir de la base -improbada- de que una inmediata atención hubiera logrado la supervivencia del paciente, lo cual constituye una absoluta incógnita que no se puede hacer recaer. Aún partiendo de la premisa de que incurrió en un error de diagnóstico, en cualquier caso no se le puede imputar una falta de atención o diligencia reprochables en términos médicos estrictos y, además relevante en orden a la prevención o control del episodio en cuestión.
Voces
Responsabilidad
Quiebra
Procesal Civil
Responsabilidad civil
Fallecimiento del cónyuge
Culpa in vigilando
Perito judicial
Culpa
Culpa in eligendo
Defensa de consumidores y usuarios
Personalidad jurídica
Responsabilidad del empresario
Contrato de seguro
Aseguradora demandada
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