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Sentencia Civil Nº 656, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 3315/98 de 29 de Septiembre de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 29 de Septiembre de 1998
Tribunal: AP - Lugo
Ponente: CONDE SALGADO, REMIGIO
Nº de sentencia: 656
Resumen
Un traje de novia, cuando se utiliza, sufre un cierta
deterioro, normalmente consistente en manchas, y nada impide que, después de
haberlo limpiado, pueda nuevamente ser utilizado en ocasiones semejantes, por
algún familiar o amiga, al no ser frecuente, por el precio que tiene, que
habiendo otros miembros de la familia femeninos, sea exclusivamente destinado a
una boda, y también, si no va a usarse más, su conservación suele ser una
exigencia del recuerdo, por lo que tanto en un caso como en otro, el vestido ha
de estar bien, y con esa finalidad fue entregado, para su limpieza, al
demandado, quien es un profesional del ramo, y consecuentemente el deber de
saber cuáles son las operaciones para que, limpiándolo, no resulte perjudicado,
las cuales dependen, en no pequeña medida, de la composición del traje, por lo
que, previamente a su tratamiento, ha de enterarse cuál es, para poder actuar
correctamente sobre él, pero, en relación con el vestido de referencia, el
demandado se ha comportado inadecuadamente, porque, trabajando sobre él, le
produjo graves desperfectos, solo imputables a su impericia, hecho que da lugar
a su responsabilidad, debiendo reparar los daños y perjuicios causados, cuyo
importe,†teniendo en cuenta el precio del vestido, doscientas trece mil
pesetas, ha de fijarse, como ya está en la sentencia de primera instancia, en
ciento setenta mil cuatrocientas veinticinco pesetas, cantidad a la que se
llega tomando en consideración cuanto está dictaminado precisamente, así como
la repercusión negativa en sus posibilidades de utilización o conservación, y
todas estas razones conducen a la confirmación de la sentencia apelada.
Voces
Juicio de cognición
Reclamación de cantidad
Intereses legales
Interés legal del dinero
Daños y perjuicios
Responsabilidad
Fundamentos
AUDIENCIA PRMINCIAL
LUGO
n.) 1,7
S E N T E Y C 1 A Nº 656
D. REMIGIO CONDE SALGADO. D. FRANCISCO CAAMAÑO PAJARES D. EDGAR-AMANDO FERNANDEZ CLOOS.
LUGO, a veintinueve de Septiembre de mil …
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