Última revisión
02/07/2008
Sentencia Civil Nº 638/2008, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 2259/2001 de 02 de Julio de 2008
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 02 de Julio de 2008
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SALAS CARCELLER, ANTONIO
Nº de sentencia: 638/2008
Nº de recurso: 2259/2001
Núm. Cendoj: 28079110012008100713
Resumen
Ha lugar al recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Vizcaya, sobre declaración de caducidad de derecho de opción de compra. El optante, interesado en el ejercicio de la opción, no remitió al concedente u optatario la oportuna comunicación recepticia dentro del plazo previsto, perfeccionando así la compraventa en los términos pactados, lo que lleva a concluir la caducidad del derecho, el cual tiene vigencia, como es sabido, únicamente durante un tiempo determinado e inexorable. Se concluye que el plazo de caducidad no quedó interrumpido y el optante debió manifestar dentro de él su voluntad de perfeccionar la compraventa, sin perjuicio de las consecuencias que habrían de derivarse de la actuación de la otra parte que había transmitido a tercero el mismo bien como consecuencia de distinto negocio jurídico.
Voces
Opción de compra
Derecho de opción
Contrato de opción de compra
Plazo de caducidad
Reconvención
Contrato de compraventa
Caducidad
Lindero
Voluntad
Nulidad del contrato de compraventa
Vigencia del contrato
Pago de primas de seguro
Bienes inmuebles
Representación procesal
Voluntad unilateral
Negocio jurídico
Cumplimiento del contrato
Buena fe
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