Sentencia Civil Nº 611/20...re de 2015

Última revisión
06/01/2017

Sentencia Civil Nº 611/2015, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 2, Rec 511/2015 de 10 de Diciembre de 2015

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 10 de Diciembre de 2015

Tribunal: AP Zaragoza

Ponente: ACÍN GARÓS, FRANCISCO

Nº de sentencia: 611/2015

Núm. Cendoj: 50297370022015100393

Núm. Ecli: ES:APZ:2015:2437

Núm. Roj: SAP Z 2437/2015

Resumen
MATERIAS NO ESPECIFICADAS

Voces

Asegurador

Enriquecimiento injusto

Acción subrogatoria

Sociedad de responsabilidad limitada

Dueño

Vehículo asegurado

Subrogación

Pago de la indemnización

Práctica de la prueba

Encabezamiento


AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00611/2015
SENTENCIA NÚMERO: 611/15
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En Zaragoza, a diez de Diciembre de dos mil quince.
Vistos en grado de apelación ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA,
constituida a los efectos del presente recurso por el Magistrado D. Francisco Acín Garós, los Autos de
JUICIO VERBAL nº. 112/15 procedentes del Jgdo. Primera Instancia nº. 2 de los de La Almunia de doña
Godina (Zaragoza), a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN nº. 511/15, en el que es parte
apelante DON Jose Enrique y 'ALLIANZ SEGUROS, S.A.', representados por la Procuradora de los
Tribunales doña Carmen Baringo Giner y asistidos por el Letrado don Manuel Enciso Díaz, y apelada 'AXA
SEGUROS GENERALES, S.A.' , representada por el Procurador don Juan-José García Gayarre y asistida
por el Letrado don Antonio Sierra Palacio, y

Antecedentes

Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada, y
PRIMERO .- Por la Ilma. Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de la Almunia de doña Godina (Zaragoza) se dictó el 11 junio 2015 sentencia que contiene el siguiente fallo: 'Estimo la demanda formulada por AXA SEGUROS GENERALES, SA contra la compañía aseguradora ALLIANZ SEGUROS, SA y don Jose Enrique , y, en consecuencia la condeno a abonarle la cantidad de 4.012,08 # (CUATRO MIL DOCE EUROS CON OCHO CÉNTIMOS) en concepto de indemnización de daños y perjuicios, junto con los intereses previstos en el artículo 20 LCS , así como las costas del procedimiento.-'.



SEGUNDO .- La representación procesal de la parte demandada presentó escrito de recurso de apelación, del que se dio el consiguiente traslado a la parte contraria, que formuló escrito de oposición.



TERCERO.- Recibidos los autos a esta Sala y tratándose de supuesto al que se refiere el art. 82.2.1, párrafo segundo, LOPJ , la diligencia de ordenación de 29 julio 2015 acordó designar Magistrado-Único al que resuelve, a quien se pasó lo actuado para dictar la resolución correspondiente.



CUARTO.- En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales.

Fundamentos


PRIMERO.- La sentencia de instancia estima íntegramente la demanda de 'Axa Seguros Generales' y condena a los demandados a pagarle 4012,08 #, pronunciamiento frente al que se alzan aquellos, que alegan a) que se concede a la actora el IVA que grava los trabajos de reparación del vehículo que aseguraba y b) que se le conceden los intereses del art. 20 LCS , que ni siquiera fueron pedidos.



SEGUNDO.- Dice la apelada que lo que la recurrente erige en segundo motivo en su recurso es un simple lapsus del juez de instancia, pues los intereses que se conceden ni fueron solicitados ni son procedentes, alegación que, no siendo ahora atendible la referencia al simple lapsus -no mereció a la parte demandada la petición de aclaración ninguna-, exime de más consideración que no sea la simple remisión a la doctrina sentada por la STS 2-2-2009 que sienta que el recargo por demora del artículo 20 LCS no es aplicable en el caso del ejercicio de la acción subrogatoria contemplada en el art. 43 LCS .



TERCERO.- En cuanto al IVA, la actora, 'AXA', aseguradora por 'póliza todo riesgo' de un vehículo propiedad de 'Granja Bailón, S.L.', reclamó en su demanda ex art. 43 LCS , de D. Jose Enrique , propietario del vehículo causante de los daños, y de 'Allianz Seguros', su aseguradora, el pago de las dos facturas que los Talleres de la reparación expidieron a su nombre por la del vehículo asegurado (doc. 5 y 6 de la demanda) y ella pagó según contrato.

La demandada consideró improcedente la inclusión del IVA en la indemnización reclamada por AXA vía subrogación, cuestión que no ha recibido una respuesta jurisprudencial unánime y se estima debe ser resuelta en la perspectiva del enriquecimiento injusto que se haya podido producir en cada caso.

Cuando se tiene constancia de que el impuesto ha sido deducido por el empresario perjudicado en sus declaraciones trimestrales, o éste admita que se deducirá, e incluso cuando sea presumible que haya de serlo porque por su condición de empresario procederá a las correspondientes compensaciones, no es procedente la inclusión del IVA en la indemnización, pues otra cosa representaría un claro enriquecimiento injusto para el perjudicado. Caso al que, a excepción de la SAP Zaragoza 24-3-12, Sección 5 ª, se refiere la generalidad de las sentencias que el recurso relaciona, no siendo de este ponente el párrafo que se le adjudica en la cita de la de 17-12-13 , que con ese texto tampoco es de esta Sección.

En el resto de los casos, y aquí en este, en el que se trata del pago de una indemnización por el asegurador que en principio no debe soportar un tributo como el IVA, habrá que estar a la prueba practicada y ver si ese enriquecimiento se ha producido o es seguro que se vaya a producir, pues de no constar, como en este caso no consta, para poderlo apreciar, siendo este Tribunal radicalmente incompetente para resolver sobre temas impositivos, es necesario que haya quedado acreditado.

Por ello, a falta de esa prueba, incumbe a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto por el art. 43 LCS , la íntegra satisfacción del impuesto que la contraria reclama en vía subrogatoria.



CUARTO.- Estimada en parte la demanda y el recurso de apelación, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en ninguna de las instancias.

VISTOS los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por DON Jose Enrique Y 'ALLIANZ SEGUROS, S.A.' contra 'AXA SEGUROS GENERALES, S.A.' y la sentencia a la que el presente rollo se contrae, dictada el 11 junio 2015 por la Ilma. Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de la Almunia de doña Godina (Zaragoza), debo revocar en parte la citada resolución, que lo es en el sentido de dejarse sin efecto la condena al pago de los intereses del art. 20 LCS que la misma impone. Sin especial pronunciamiento sobre costas en ninguna de las instancias.

Contra la anterior sentencia cabe recurso de casación por interés casacional ante la Sala Civil del Tribunal Supremo, que se interpondrá ante este Tribunal en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación, debiendo el recurrente al presentar el escrito de recurso acreditar haber efectuado un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección (nº 4899) en la Sucursal 8005 de Banco de Santander en la calle Torrenueva, 3 de esta Ciudad, debiendo indicar en el recuadro Concepto en que se realiza: 04-Civil-Extraordinario por infracción procesal y 06 Civil-Casación, y sin cuya constitución no serán admitidos a trámite.

Firme que sea esta sentencia, devuélvase a 'ALLIANZ SEGUROS, S.A.' el depósito constituido para recurrir y las actuaciones al Juzgado de su procedencia, juntamente con testimonio del presente para su ejecución y cumplimiento, debiendo acusar recibo.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio al rollo, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Iltmo. Sr. Magistrado Ponente, estando celebrando audiencia pública, esta Sala Segunda, en el mismo día de su fecha, doy fe.

Sentencia Civil Nº 611/2015, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 2, Rec 511/2015 de 10 de Diciembre de 2015

Ver el documento "Sentencia Civil Nº 611/2015, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 2, Rec 511/2015 de 10 de Diciembre de 2015"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Reclamaciones ante compañía de seguros. Paso a paso
Disponible

Reclamaciones ante compañía de seguros. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.50€

13.78€

+ Información

Suscripción más de 250 formularios para PYMES
Disponible

Suscripción más de 250 formularios para PYMES

Editorial Colex, S.L.

100.00€

95.00€

+ Información

Tarjeta 100 Formularios Jurídicos imprescindibles
Disponible

Tarjeta 100 Formularios Jurídicos imprescindibles

Editorial Colex, S.L.

49.95€

47.45€

+ Información