Sentencia Civil Nº 610/20...re de 2011

Última revisión
22/12/2011

Sentencia Civil Nº 610/2011, Audiencia Provincial de Madrid, Sección 18, Rec 747/2011 de 22 de Diciembre de 2011

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Orden: Civil

Fecha: 22 de Diciembre de 2011

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: POZUELO PEREZ, PEDRO

Nº de sentencia: 610/2011

Núm. Cendoj: 28079370182011100591

Núm. Ecli: ES:APM:2011:18068

Resumen:
VICIOS EN LA CONSTRUCCIÓN.- Responsabilidad del arquitecto superior.- Habiéndose detectado determinadas anomalías en de los forjados del inmueble, no puede descargar su responsabilidad en los arquitectos técnicos, o aún en la construcción.- Se desestima el recurso de apelación planteado por uno de los codemandados contra Sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado de Primera Instancia nº 64 de Madrid, sobre reclamación de daños y perjuicios por defectos en la construcción.La Sala declara que dada la importancia de los forjados en la estructura del inmueble, no puede decirse que habiéndose detectado, como al parecer se detectaron, determinadas anomalías por el arquitecto superior, se desentendiese de las mismas para hacerlas recaer en el arquitecto técnico, pues dada su función de «Alta dirección» (quizás la fase más significativa), el arquitecto lleva a cabo la coordinación del equipo técnico-facultativo, la interpretación técnica, económica y estética del proyecto de ejecución, así como las medidas necesarias para llevar a buen puerto su proyecto, estableciendo las adaptaciones, detalles complementarios y modificaciones que pueden requerir la obtención del fin proyectado, y éste desde luego no puede ser otro que el levantamiento de un edificio en condiciones aptas para su habitabilidad y desde luego no se cumplen con la existencia de las grietas y fisuras aparecidas que constituyen un riesgo funcional para las personas y una ruina funcional de algunas tabiquerías  por lo que siendo las funciones de los arquitectos superiores la dirección general de los trabajos, no puede ante un vicio de la naturaleza del examinado, descargar su responsabilidad en los arquitectos técnicos, o aún en la construcción, por lo que el motivo se desestima.

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00610/2011

Rollo: RECURSO DE APELACION 747 /2011

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 624 /2009

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 64 de MADRID

PONENTE: ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

APELANTE: Borja

PROCURADOR: MARIA MACARENA RODRIGUEZ RUIZ

APELADO: CP. PASEO000 NUM000 Y DIRECCION000 Nº NUM001 , FERROVIAL AGROMAN, S.A., METROVACESA S.A., Fern...

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