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Sentencia Civil Nº 58, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 928 de 17 de Febrero de 2000
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 17 de Febrero de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: FUENTES CANDELAS, CARLOS
Nº de sentencia: 58
Resumen
El pleito se siguió en primera instancia en rebeldía
procesal de los demandados y en su sentencia el Juzgado estimó la reclamación
únicamente hasta el día del vencimiento pactado del último plazo de entrega del
préstamo litigioso, con el capital e intereses impagados devengados hasta
entonces, denegando la parte de intereses moratorios liquidados en adelante
(salvo los generados a partir del requerimiento de pago telegráfico) por
resultar el plazo pactado en beneficio de ambas partes contratantes y por abuso
en la tardanza del cierre de la cuenta. 63-1°, 316 del Código de Comercio, 1100
y 1108 del Código Civil y lo expresamente pactado en el contrato, las cuantías
adeudadas a sus vencimientos devengan los intereses moratorios pactados sin
necesidad de intimación o requerimiento previo.Es preceptivo imponer las costas
procesales de primera instancia a los demandados vencidos, sin mención de las
de esta apelación (arts.
Se estima el recurso de apelación de CAJA DE AHORROS DE
GALICIA y, revocando en parte la sentencia apelada, estimamos la demanda y
condenamos a los demandados DON RICARDO M y DOÑA MARIA NIEVES L a pagar
solidariamente a la actora la cantidad de 963.729 pesetas de principal, más los
intereses moratorios al tipo pactado liquidados de forma lineal por días a
partir del 16-3-1998 hasta su completo pago, y abono de las costas procesales
de la primera instancia sin hacerse mención de las de esta alzada.
Voces
Rebeldía
Intereses moratorios
Cajas de ahorros
Juicio de cognición
Reclamación de cantidad
Intereses devengados
Requerimiento para el pago
Resolución recurrida
Prescripción extintiva
Resolución de los contratos
Intereses pactados
Apercibimiento previo
Práctica de la prueba
Fundamentos
CORUÑA 7.-
Rollo: MENOR CUANTIA 928/1999.-
VTA.: 9-2-2000.-
FECHA DE REPARTO: 7-4-99.-
SENTENCIA
Nº 58
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