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Sentencia Civil Nº 523, Audiencia Provincial de Pontevedra, de 14 de Junio de 2000
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Orden: Civil
Fecha: 14 de Junio de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: HERMIDA CEBREIRO, HIPOLITO
Nº de sentencia: 523
Resumen
El recurso de los demandados debe desestimarse, por no
estar probado que el ciclomotor adelantase al turismo, que es la afirmación
básica del recurso.Las costas son imputables con arreglo al art. 736 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y que, estimando el recurso interpuesto por la parte actora, debemos revocar y revocamos en parte el Fallo impugnado, condenando a
los demandados al pago a la parte actora de 75.600 pts., Con condena en las
costas de la primera instancia a los demandados; y sin condena en las costas de
la segunda. .
Voces
Sobrino
Reclamación de cantidad
Intereses legales
Accidente
Indemnización civil
Daños materiales
Fundamentos
SENTENCIA
En PONTEVEDRA, a catorce de Junio de dos mil. La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de esta ciudad, formada por los Ilmos. Sres. Magistrados Don Hipólito Hermida …
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