Sentencia Civil Nº 52/98,...zo de 1998

Última revisión
06/03/1998

Sentencia Civil Nº 52/98, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 0547/96 de 06 de Marzo de 1998

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: Civil

Fecha: 06 de Marzo de 1998

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: PEREZ QUINTELA, CESAR AUGUSTO

Nº de sentencia: 52/98

Resumen
No negada la realidad de la colisión entre los vehículos, conducido por su titular, el demandante   y el vehículo de Pontevedra  que conducía D. Jacinto por cuenta y orden de su dueña la entidad, en la Avda. de Madrid el 9.1.95, y no habiendo acreditado ninguno de los conductores su falta de culpa en el suceso, como tampoco la culpabilidad del otro o de un tercero, debe entrar en juego la presunción de una culpabilidad compartida, pues el accidente era evitable, sin duda, si los dos conductores hubieran observada el cuidado debido. Es verdad que, por lo que respecta a los daños meramente materiales de los vehículos, el Tribunal Supremo en varias sentencias declaró que la doctrina de la inversión de la carga de la prueba o de la presunción de culpa no rige en el caso de colisión de vehículos en movimiento respecto de los daños sufridos por éstos. Sin embargo, en atención a que tal doctrina jurisprudencial no es uniforme y a que en el nueva Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor  se configura el riesgo creado por la conducción como fundamento o principio capital informante de la obligación de indemnizar los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación, parece criterio aceptable postular un cambio de orientación en esta materia, de tal modo que no acreditándose la culpa al menos de uno de los conductores, la solución no sea la de la neutralización de responsabilidades, sino la del reparto equitativo de los daños, con base en una presunción de culpa en ambos conductores, de suerte que cada uno sea condenado a indemnizar la mitad de los daños ocasionados en el otro vehículo, soportando a su vez la mitad, de los propios. Se estima el recurso.    

Voces

Sociedad de responsabilidad limitada

Culpa

Responsabilidad

Reclamación de cantidad

Asegurador

Accidente

Inversión de la carga de la prueba

Riesgo creado

Responsabilidad civil

Responsabilidad objetiva

Dueño

Seguro obligatorio

Interés legal del dinero

Fundamentos

 

LA SECCION TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, formada por los Ilmos. Sres. D. MANUEL RUBIDO VELASCO Presidente, D. CÉSAR_AUGUSTO PÉREZ QUINTELA y D. JOSÉ LUIS NúÑEZ VIDE, …

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