Sentencia Civil Nº 52/201...ro de 2013

Última revisión
19/05/2013

Sentencia Civil Nº 52/2013, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 4, Rec 472/2012 de 07 de Febrero de 2013

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Orden: Civil

Fecha: 07 de Febrero de 2013

Tribunal: AP Zaragoza

Ponente: DE GRACIA MUñOZ, MARIA JESUS

Nº de sentencia: 52/2013

Núm. Cendoj: 50297370042013100041

Resumen
La ley establece una responsabilidad solidaria en el caso de que no se pueda individualizar la de cada uno de los agentes, por ello, la reclamación hecha a uno de ellos interrumpe la prescripción también respecto a los demás. Las fisuras de deben al defecto en la dilatación de la fábrica de ladrillo y una insuficiente previsión en el proyecto sobre el número de juntas así como a una deficiente ejecución material, sin que pueda ser aceptado que fue correctamente ejecutada y diseñada, como la falta de cualquiera otra de explicación de las fisuras demuestra, por lo que el arquitecto técnico ha de responder de ello de acuerdo con el art. 17 LOE. El ladrillo caravista presente manchas, no ha sido convenientemente acreditado que hubiera sido aportado certificado AENOR sobre su calidad, por lo tanto el arquitecto técnico no estaba exonerado de su examen, por lo que ha de responder del defecto. La reparación ha de ser llevada a cabo mediante el revestimiento de la fachada con piedra natural, sin que pueda prosperar la tesis de los demandados de que se proceda a un nuevo análisis de las causa de la manchas cuando ha sido tramitado todo un proceso a tal efecto, es la única solución posible por lo que no cabe entender que se produzca un enriquecimiento sin causa..

Voces

Fachadas

Arquitecto técnico

Constructor

Responsabilidad

Defecto de construcción

Prueba pericial

Comunidad de propietarios

Reclamación extrajudicial

Informes periciales

Perito judicial

Medios de prueba

Fin de la obra

Vicios ocultos

Enriquecimiento injusto

Sociedad de responsabilidad limitada

Responsabilidad del arquitecto

Responsabilidad solidaria

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 ZARAGOZA SENTENCIA: 00052/2013 SENTENCIA NÚMERO CINCUENTA Y DOS Ilmos./a Señores/a: Presidente: D. Juan Ignacio Medrano Sánchez Magistrados: D. Antonio Luis …

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