Sentencia Civil Nº 496, A...io de 1998

Última revisión
25/06/1998

Sentencia Civil Nº 496, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 452/96 de 25 de Junio de 1998

Tiempo de lectura: 22 min

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Orden: Civil

Fecha: 25 de Junio de 1998

Tribunal: AP - Lugo

Ponente: NEIRA MEDIN, ANDRES

Nº de sentencia: 496

Resumen
El artículo cien del Código civil establece que la pensión fijada sólo podrá ser modificada por alteraciones sustanciales en la fortuna de uno u otro cónyuge. D. José L parece haber transmutado la condición de las mujeres que convivían con él de empleadas de hogar _por resolución de la Tesorería de la Seguridad Social se le niega tal carácter_ en compañeras sentimentales. La esposa demandada, Da Ana maría P, tiene una muy escasa vida laboral, desde luego ya existente en el momento de dictarse la sentencia de esta Audiencia que ahora se pretende modificar pues en más de tres años _entre el 15/1/93.y el 2/8/976 _ ha estado de alta en la seguridad social un total de 195 días, siendo en la actualidad demandante de empleo  y percibiendo, eso sí, durante el año 1997 una ayuda mensual de 15.000 pts. por el concepto de ayuda periódica de prevención e apoyo a familiar para integración do menor'', concedida por la Xunta   de Galicia. No se ha acreditado que la Sra. Prieto Vale tenga ningún otro ingreso, basta ver al respecto el informe de la Policía Local de Burela. Se desestima el recurso.        

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL 10 3 U

LUGO

Rollo no 0074/98 Autos nª 0161/96 Tramitados por Jdo.10.Inst.e Inst_ de Viveiro_2

S E N T E N C I A Nª 494

D. FRANCISCO CAAMAÑO PAJARES a

D. EDGAR_AMANDO …