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Sentencia Civil Nº 485/2006, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 11, Rec 655/2005 de 21 de Julio de 2006
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Orden: Civil
Fecha: 21 de Julio de 2006
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: HERRANDO MILLAN, FRANCISCO
Nº de sentencia: 485/2006
Núm. Cendoj: 08019370112006100387
Núm. Ecli: ES:APB:2006:7387
Resumen
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 1 de Arenys de Mar sobre responsabilidad extracontractual. Según constante jurisprudencia del Tribunal Supremo, para la existencia de responsabilidad extracontractual es preciso que concurra una acción u omisión voluntaria no maliciosa, pero culposa o negligente, un resultado dañoso y una relación de causa efecto entre ambos. Y en todo caso, para estimarse la reclamación el perjudicado debería haber acreditado la existencia de un nexo causal entre la acción u omisión y el resultado. La actora no ha probado qué acción u omisión causó el resultado lesivo cuya indemnización solicita, por lo que debe desestimarse el recurso.
Voces
Responsabilidad civil extracontractual
Daño personal
Riesgo creado
Responsabilidad civil circulación de vehículos
Seguro obligatorio
Carga de la prueba
Lesividad
Accidente
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN ONCE
ROLLO Nº 655/2005
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 690/2004
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE ARENYS DE MAR
S E N T E N C I A N ú m. 485
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