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Sentencia Civil Nº 480/2011, Audiencia Provincial de Valencia, Sección 9, Rec 702/2011 de 14 de Diciembre de 2011
Relacionados:
Orden: Civil
Fecha: 14 de Diciembre de 2011
Tribunal: AP - Valencia
Ponente: CARUANA FONT DE MORA, GONZALO MARIA
Nº de sentencia: 480/2011
Núm. Cendoj: 46250370092011100463
Voces
Sociedad de responsabilidad limitada
Juicio cambiario
Letra de cambio
Demanda de juicio cambiario
Relación contractual
Administrador único
Cheque
Encabezamiento
ROLLO NÚM. 000702/2011
CR
SENTENCIA NÚM.: 480/11
Ilustrísimos Sres.:
MAGISTRADOS
DON GONZALO CARUANA FONT DE MORA
DOÑA MARÍA ANTONIA GAITÓN REDONDO
DOÑA PURIFICACIÓN MARTORELL ZULUETA
En Valencia a catorce de diciembre de dos mil once.
Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON GONZALO CARUANA FONT DE MORA, el presente rollo de apelación número 000702/2011, dimanante de los autos de Juicio Verbal - 000560/2006, promovidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALENCIA, entre partes, de una, como apelante a CÍA. SUMINISTROS AGRICOLAS CASASUS S.L, representada por la Procuradora de los Tribunales doña SILVIA GASTALDI ORQUIN, y asistida del Letrado don SALVADOR FERRER GIMÉNEZ y de otra, como apelada a doña Lorena representada por el Procurador de los Tribunales don JOSE GIL APARICIO, y asistido del Letrado don ERNESTO TALENS BIOSCA, en virtud del recurso de apelación interpuesto por SUMINISTROS AGRICOLAS CASASUS S.L.
Antecedentes
PRIMERO .- La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALENCIA en fecha 29 de junio de 2011 , contiene el siguiente FALLO: "Que ESTIMANDO la excepción de inexistencia de la declaración cambiaria por falsedad de la firma autorizante alegada por DÑA. Lorena que ha estado representada por el Procurador de los tribunales D. JOSE GIL APARICIO frente a la demanda de juicio cambiario formulada por la entidad SUMINISTROS AGRICOLAS CASASÚS S.L. DEBO DECLARAR Y DECLARO la nulidad del PRESENTE JUICIO CAMBIARIO, acordando el levantamiento de los embargos acordados y con imposición de costas a la demandante".
SEGUNDO .- Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por SUMINISTROS AGRICOLAS CASASUS S.L, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.
TERCERO. - Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
Fundamentos
PRIMERO . Suministros Agrícolas Casasús SL tenedora de cinco letras de cambio libradas dos de ellas por la entidad Levante Societe Place Green SL y las otras tres por la demandante, presentó demanda de juicio cambiario contra la aceptante Lorena quien planteó demanda de oposición alegando la falsedad de la firma.
La sentencia del Juzgado Primera Instancia Valencia estima la oposición e impone las costas procesales a la parte actora inicial.
Se interpone recurso de apelación por la representación de la demandante inicial ceñido al pronunciamiento de costas alegando como motivo la vulneración del
artículo
SEGUNDO . La
La especialidad del presente procedimiento es que dada la naturaleza abstracta del título que sirve de base a la acción por estar destinado al tráfico mercantil, el tenedor de la letra se encuentra con un documento que cumplidos los requisitos de la
No es exigible en esta clase de procedimiento que el tenedor requiera al obligado cambiario (aceptante de la cambial) para cerciorarse que efectivamente lo es, pues esta exigencia ni está prevista en la Ley Procesal ni en la
Procede por tal razón revocar el pronunciamiento de costas procesales y no se impone a la parte actora inicial, corriendo cada litigante con las causadas a su instancia y las comunes por mitad de acuerdo con la excepción del
artículo
TERCERO . La estimación del recurso de apelación conlleva no efectuar pronunciamiento impositivo de las costas procesales de la alzada de acuerdo con el
artículo
Vistos los preceptos legales aplicables concordantes y demás de general y pertinente aplicación.
Fallo
Estimando el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Primera Instancia 1 Valencia en proceso cambiario 560/2006 revocamos en parte dicha resolución exclusivamente en las costas procesales que no se imponen a la parte actora inicial.
No se efectúa pronunciamiento de las costas procesales de la alzada.
Se acuerda la devolución del depósito constituido para recurrir.
Notifíquese esta resolución a las partes y, de conformidad con lo establecido en el
artículo
Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Que la anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dicto, estando celebrando Audiencia Pública la Sección Novena de la Audiencia Provincial en el día de la fecha. Doy fe.
Ver el documento "Sentencia Civil Nº 480/2011, Audiencia Provincial de Valencia, Sección 9, Rec 702/2011 de 14 de Diciembre de 2011"
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