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Sentencia Civil Nº 47, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 2319/97 de 29 de Enero de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 29 de Enero de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: VARELA CASTRO, LUCIANO
Nº de sentencia: 47
Resumen
No se entiende que haya dirigido su acción contra el
propietario del vehículo estacionado porque si afirma en su demanda que se
detuvo como consecuencia de advertir su presencia invadiendo su carril, y que
estando ya detenido en su carril, sin sobrepasarlo, el camión 1o invadió al
cortar la curva, la única responsabilidad sería del camión, único a1 que
reprocha una intervención decisiva en la colisión, toda vez que e1 turismo
estacionado, aunque lo estuviera de forma incorrecta, no le habría obligado a
salirse irremediablemente de su calzada. Lo cierto es que no hay pruebas que
permitan la estimación de 1a demanda; no las hay convincentes de que el camión
hubiera invadido el carril por donde el demandante circulaba; tampoco las hay
de que la situación del turismo estacionado lo estuviera en condiciones tales
que se hubiera constituido en obstáculo inesperado que hubiera forzado a una
precipitada maniobra de ilusión. No es utilizable la versión que del accidente
proporciona el conductor del turismo, porque se trata del conductor al que es
reprochable una versión justificadora de su accidente frente al propietario, de
modo que sus declaraciones están bajo 1a sospecha del interés.
Se desestima el recurso.
Voces
Dueño
Accidente
Rebeldía
Responsabilidad
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
PONTEVEDRA. 0782
Rollo Civil : 2319/97
P.Civil : 0696/96
Tipo Asunto : VERBAL CIVIL
Procedencia : JDO.1.INSTANCIA VIGO 8
LA SECCION PRIMERA DE LA …
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