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Sentencia Civil Nº 468, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 818/98 de 31 de Julio de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 31 de Julio de 1998
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA
Nº de sentencia: 468
Resumen
Desestimada en la sentencia dictada en primera instancia
la acción de retracto legal de colindantes ejercitada por los ahora recurrentes
sentando su fundamentación jurídica en que dicha acción se interpuso fuera del
plazo legal establecido, resulta preciso resaltar, incidiendo en lo ya
argumentado en dicha resolución, que el ejercicio de la acción que sustenta el
retracto de colindantes viene condicionada por el breve plazo de nueve días
establecido en el artículo 1524 del Código Civil en garantía de la seguridad del tráfico y la certeza de las adquisiciones por justos títulos. Trátándose de
una enajenación no inscrita, conforme establece el precepto anteriormente
referido, el plazo comienza a contarse desde que el titular del retracto tuvo
conocimiento de la venta, siendo preciso para enervar la acción de retracto por
caducidad que se trate de un conocimiento cabal y completo no sólo de la venta,
sino también de todas sus condiciones, sin que baste la mera noticia de haberse
efectuado.
Se estima el recurso.
Voces
Retracto de colindante
Acción de retracto
Caducidad
Acción de retracto legal
Documento privado
Justo título
Retracto
Predio
Medios de prueba
Prueba de testigos
Plazo de caducidad
Habitabilidad
Cultivos
Fundamentos
APELACION CIVIL 818198 i536152
JUZGADO: la instancia Ortigueira
AUTOS NO 23197
VISTA: 09.06.98
NUMERO 468
La Coruña, a treinta y uno de julio de mil novecientos noventa y ocho.
LA SECCION …
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