Sentencia Civil Nº 460, A...io de 1998

Última revisión
18/06/1998

Sentencia Civil Nº 460, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 95/98 de 18 de Junio de 1998

Tiempo de lectura: 24 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 18 de Junio de 1998

Tribunal: AP - Lugo

Ponente: MONTES SOMOZA, XOAN CARLOS

Nº de sentencia: 460

Resumen
Se alega como motivo de apelación, en primer lugar, la no concurrencia de los requisitos que exige el artículo 1400 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para que pueda ser decretado embargo preventivo contra los bienes del deudor. Al respecto debe ratificase íntegramente la fundamentación que contiene la sentencia apelada; se ha aportado por la reclamante en el pleito principal documentación que acredita la realidad de la deuda, por cuyo importe se decretó el embargo que se recurre, conforme exige el apartado P del precepto mencionado, concretamente dos cheques emitidos por la deudora que, con independencia de su carencia de fuerza ejecutiva, justifican la existencia del impago que se alega. El representante legal de la empresa deudora T, S.L. hizo constar en la diligencia de embargo efectuada el siete de diciembre de 1995 que dicha empresa carecía de actividad desde primeros de dicho año justificando dicha paralización en la existencia de un proceso de disolución de la sociedad. Se reconoce asimismo por la representación de ésta la carencia de mercaderías y no existe constancia en autos de que sea titular de bienes inmuebles. La entidad acreedora ha acreditado también la situación de endeudamiento de "T, S.L." mediante documentación emitida por el correspondiente Registro Mercantil; todo lo anterior implica la concurrencia de los requisitos exigidos en el apartado 2' del precepto citado, ante la acreditada carencia de bienes de la entidad embargada y la existencia de dudas justificadas ante un hipotético ocultamiento de bienes o activos en el supuesto de que existieran. Se desestima el recurso.  

Voces

Embargo preventivo

Sociedad de responsabilidad limitada

Demanda incidental

Juicio de cognición

Cheque

Diligencia de embargo

Bienes inmuebles

Confesión judicial

Registro Mercantil

Mercancías

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE LUGO 10 3 1

SENTENCIA número 460

ILMOS, SRES.: PRESIDENTE: D. MODESTO PÉREZ RODRIGUEZ MAGISTRADOS: D. FRANCISCO CAAMAÑO PAJARES D. XOÁN CARLOS MONTES SOMOZA (Spte.)

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