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Sentencia Civil Nº 46/2014, Audiencia Provincial de Asturias, Sección 7, Rec 462/2013 de 14 de Febrero de 2014
Relacionados:
Orden: Civil
Fecha: 14 de Febrero de 2014
Tribunal: AP - Asturias
Ponente: DEL PESO GARCIA, RAFAEL MARTIN
Nº de sentencia: 46/2014
Núm. Cendoj: 33024370072014100035
Resumen
Voces
Impugnación de la condena en costas
Demanda sucinta
Responsabilidad civil extracontractual
Grabación
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7
GIJON
SENTENCIA: 00046/2014
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7
GIJON
N01250
Dirección: PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN
Tfno.: 985176944-45
Fax: 985176940
N.I.G. 33024 42 1 2013 0003098
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000462 /2013
Juzgado de procedencia:JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de GIJON
Procedimiento de origen:JUICIO VERBAL 0000182 /2013
Apelante: Carlos Miguel
Procurador: MARIA VICTORIA MEANA DE LARROZA
Abogado: RAFAEL GONZALEZ GONZALEZ
Apelado: Aurora
Procurador: ANA MARIA COSIO CARREÑO
Abogado: IGNACIO MANSO PLATERO
SENTENCIA NÚM. 46/2014
(ÓRGANO UNIPERSONAL)
ILMO. SR. MAGISTRADO:
D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO GARCÍA
En Gijón, a catorce de febrero de dos mil catorce.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 007, de la Audiencia Provincial de GIJON, los Autos de JUICIO VERBAL 0000182 /2013, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de GIJON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000462 /2013, en los que aparece como parte apelante, Carlos Miguel , representado por la Procuradora de los tribunales, Sr./a. MARIA VICTORIA MEANA DE LARROZA, asistido por el Letrado D. RAFAEL GONZALEZ GONZALEZ, y como parte apelada, Aurora , representada por la Procuradora de los tribunales, Sr./a. ANA MARIA COSIO CARREÑO, asistida por el Letrado D. IGNACIO MANSO PLATERO, sobre 'reclamación de cantidad', siendo el Magistrado constituido como órgano unipersonal el Ilmo. Sr. D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO GARCÍA.
Antecedentes
PRIMERO.-El Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Gijón dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 17 de octubre de 2013 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ' Que desestimo la demanda interpuesta por D. Carlos Miguel contra Dña. Aurora , imponiendo las costas a la parte actora.'
SEGUNDO.-Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de D. Carlos Miguel se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para dictar resolución en el presente recurso el día 11 de febrero de 2014.
TERCERO.-En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Fundamentos
PRIMERO.-La parte actora tras desestimarse la acción dirigida a ser indemnizado por los bienes que identifican los recibos en la cantidad de 2168,72 euros, reclama a su vez la cantidad de 1090 euros de otros objetos y metálico que se le dice fue sustraído por su expareja y en este acto señala haber reconocido la demandada el uso de los aparatos electrónicos es indicativo, unido a las circunstancias en que se produjo la ruptura, (hubo una denuncia en su contra por la demandada) de que aquella se los llevó por resentimiento hacia el demandante e impugna la condena en costas
SEGUNDO.-En primer lugar el apelante es consciente que no acredita la propiedad de los objetos que no figuran en los tickets de compra que aparecen en la nota manuscrita del demandado documento 2 sin otra prueba que asevera su existencia y permitan ser identificados y valorados por lo que el rechazo de la demanda en este punto debe ser confirmado en su integridad, sobre los que no hay además la más mínima prueba de que se hallen en poder de la demandada. Respecto de los efectos que detallan los tickets de compra aportados, sin perjuicio de indicar de que si existen dichos bienes la acción procedente sería la reivindicatoria (
artículo
TERCERO.-Desestimado el recurso las costas de la apelación se imponen al recurrente (
artículo
En atención a lo expuesto, como Magistrado constituido como Órgano Unipersonal para resolver el presente recurso
Fallo
Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales DOÑA VICTORIA MEANA DE LARROZA, en nombre y representación de D. Carlos Miguel , contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Gijón, en los autos de Juicio Verbal núm. 182/13, RESOLUCIÓN QUE SE CONFIRMA, con expresa condena en las costas procesales de esta alzada a la parte apelante.
Así por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo, lo pronuncio, mando y firmo.
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