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Sentencia Civil Nº 45/2003, Audiencia Provincial de Almeria, Sección 3, Rec 316/2002 de 19 de Febrero de 2003
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Orden: Civil
Fecha: 19 de Febrero de 2003
Tribunal: AP - Almeria
Ponente: MARTINEZ RUIZ, TARSILA
Nº de sentencia: 45/2003
Núm. Cendoj: 04013370032003100020
Núm. Ecli: ES:APAL:2003:247
Resumen
La Audiencia Provincial estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos de juicio ejecutivo cambiario. El Juzgado de Primera Instancia desestima excepción planteada y manda seguir adelante ejecución despachada. Por la propia naturaleza de la letra de cambio y del juicio ejecutivo, por la privilegiada fuerza que a dicho documento se concede para el ejecutante, frente a los limitados mecanismos de defensa que puede hacer valer el ejecutado, y por la propia literalidad, acorde con esa naturaleza, de los repetidos preceptos, ha de concluirse, de modo general, que la designación de la persona del tomador, en la letra de cambio, es un requisito esencial de dicho documento, que debe concurrir al tiempo del vencimiento, perdiendo la letra, en caso contrario, su carácter de tal y su fuerza ejecutiva.
Voces
Letra de cambio
Cheque
Acción ejecutiva
Juicio ejecutivo
Letra en blanco
Título-valor
Título ejecutivo
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 316/02
SENTENCIA NUMERO 45/03
ILMOS SRES.
PRESIDENTE:
Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ
MAGISTRADOS:
D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD
Dª…
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