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Sentencia Civil Nº 445/2006, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 14, Rec 111/2006 de 13 de Julio de 2006
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Orden: Civil
Fecha: 13 de Julio de 2006
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: AGULLO BERENGUER, ROSA MARIA
Nº de sentencia: 445/2006
Núm. Cendoj: 08019370142006100389
Núm. Ecli: ES:APB:2006:8136
Resumen
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Granollers, sobre reclamación de cantidad por contrato de préstamo.Para la ejecución de una póliza de préstamo, no se requiere la notificación previa del saldo deudor al principal ni a los fiadores, ya que en el contrato de préstamo, a diferencia del de crédito, la cantidad adeudada está determinada desde el inicio de la relación contractual y por tanto, no se precisa liquidar ni, consecuentemente, notificar el saldo deudor, ya que éste debe ser conocido por el prestatario y sus fiadores en todo momento con unas simples operaciones aritméticas aplicando las condiciones estipuladas en el contrato. Respecto a la inclusión de los intereses contractuales que, de demora son al 26%, son admitidos en cuanto que éstos fueron los pactados y se solicitaron en el escrito inicial de la demanda.
Voces
Saldo deudor
Fiador
Contrato de préstamo
Relación contractual
Prestatario
Oposición a la ejecución
Despacho de la ejecución
Reclamación de cantidad
Encabezamiento
SENTENCIA Nº 445
Barcelona,trece de julio de dos mil seis
Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce
Magistrados:
Francisco Javier Pereda Gámez
Marta Font Marquina
Rosa …
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