Sentencia Civil Nº 44, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 2742/97 de 26 de Enero de 1998
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Orden: Civil
Fecha: 26 de Enero de 1998
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: TABOADA CASEIRO, MARIA DEL CARMEN
Nº de sentencia: 44
Resumen
La primera alegaci6n del recurso en esencia, hace
referencia a la firma del contrato, considerando que el contrato no fue firmado
por el Presidente de la Comunidad de Propietarios, sino por el constructor. Y
así al respecto es de significar que ya en la sentencia impugnada se establece
con el contrato para prestación del servicio de mantenimiento del elevador ha
sido firmado por el Presidente, tal como resulta del contrato aportado con la
demanda y corroborado por la prueba testifical, y tal argumentación ha de
mantenerse toda vez que el referido contrato, en su acepto, consta reseñado D.
Angel y Carlos Presidente, y dos firmas, pero es que a mayor abundamiento
resulta que la Comunidad de Propietarios vino manteniendo la vigencia de dicho
contrato durante varios años, desde el año 1991 hasta 1996, satisfaciendo el
precio pactado y la actora ha prestado sus servicios sin que se haya formulado
objeción alguna a la prestación de tal servicio, por lo que en consecuencia la
recurrente ha admitido la validez de dicho contrato durante un considerable
período de tiempo. En las restantes alegaciones del recurso básicamente, se
hace referencia a la colisión de las cláusulas y 12 del contrato con la Ley de
Defensa de Consumidores y Usuarios y tales cláusulas se refieren a la duración
del contrato, 10 años, contemplando también la facultad de resolución
unilateral por parte del cliente, con cláusula de penalización, y a la revisión
del precio. Y en tal sentido procede mantener' las amplias y detallada
argumentación expuesta por el Juez de instancia.
Se desestima el recurso.
Voces
Comunidad de propietarios
Juicio de cognición
Defensa de consumidores y usuarios
Resolución unilateral
Plazo de contrato
Presidente junta propietarios
Constructor
Prueba de testigos
Buena fe
Facultad resolutoria
Cláusula penal
Vigencia del contrato
Fundamentos
JUZGADO: 12 INSTANCIA No 8 DE A'CORUÑA ROLLO: Nª 2742/97
N T3 M E R 0 44
La Coruña, a Veintiséis de enero de mil novecientos
noventa y ocho.
LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL …
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