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Sentencia Civil Nº 439, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 2747 de 04 de Octubre de 2000
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 04 de Octubre de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SANCHEZ JIMENEZ, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 439
Resumen
DEVOLUCION DE BUQUE DE PESCA.
Se alega como primer motivo de recurso la incongruencia
de la sentencia de instancia por albergar en su Fallo condena a algo no
solicitado por la contraparte, puesto que la codemandante solicitaba el abono
de la cantidad "Por los gastos originados al permanecer el buque en el
carro de varada hasta la fecha en, que efectivamente se produzca la bajada del
carro", y por tanto, si el buque se bajara del carro antes de que se
proveyera al efectivo pago del principal reclamado, los "gastos derivados
de la permanencia del buque" nunca podrían ser superiores a lo que se pide
en la demanda y si el buque se bajase después de haberse pagado la cantidad en
discordia, los gastos nunca podrían ser de cuenta de la apelante. Esto hace ver
que la cuestión carece de trascendencia y, en todo caso, la pretendida
incongruencia a quien beneficia es a la apelante.
En lo que atañe un alegado pacto verbal que se dice
existente, sobre el límite económico que podrían alcanzar las reparaciones o
trabajos a efectuar en el barco, lo cierto es que es cuestión difícilmente
asumible si se atiende a lo declarado por el apelante, quien reconoce su firma
al pie del anexo al contrato de condiciones generales, donde se detalla la
forma de pago.
Voces
Buque
Prueba pericial
Sociedad de responsabilidad limitada
Informes periciales
Fundamentos
Rollo: MENOR CUANTIA 2747 /1999
N U M E R O 439
LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituída por los Ilustrísimos Señores DON ANGEL MARIA JUREL
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