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Sentencia Civil Nº 429/2003, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 5, Rec 259/2003 de 02 de Julio de 2003
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Orden: Civil
Fecha: 02 de Julio de 2003
Tribunal: AP Zaragoza
Ponente: PEREZ GARCIA, PEDRO ANTONIO
Nº de sentencia: 429/2003
Núm. Cendoj: 50297370052003100269
Núm. Ecli: ES:APZ:2003:1663
Resumen
Todos los efectos del proceso se retrotraen al momento de la presentación de la demanda y no por el contrario al del emplazamiento de la demandada al acto del juicio, y así con claridad se desprende de los arts. 411 y ss. LEC al consagrar el principio de la "perpetuatio iurisdiccionis", que en el caso quiere decir que, presentada que fue la demanda el día treinta de julio del año dos mil dos, como es de comprobar por la diligencia de reparto del Juzgado Decano extendida al inicio de la misma, siendo admitida a trámite por resolución de dos de septiembre, en aquella primera fecha ya resultaba debida la mensualidad correspondiente al mes de junio, por cuyo impago se promueve el pleito, con absoluta independencia del día en que la demandada fuera convocada al juicio, que lo fue en cinco de septiembre, o el momento en que éste se celebrara, ya en diez de octubre, habiendo sido consignada la renta en agosto de aquel año, por lo que el desahucio debe acordarse revocando así la Sentencia del Juzgado que cosa diferente resolvió.
Voces
Desahucio
Encabezamiento
SENTENCIA núm. 429/2003
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ
En ZARAGOZA, a dos de Julio …
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