Sentencia Civil Nº 42, Au...ro de 1998

Última revisión
29/01/1998

Sentencia Civil Nº 42, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 0287/97 de 29 de Enero de 1998

Tiempo de lectura: 16 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 29 de Enero de 1998

Tribunal: AP - Ourense

Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL

Nº de sentencia: 42

Resumen
Se ejercita en la demanda una acción de responsabilidad por culpa o negligencia, del art. 1.902 del Código civil, contra el Ayuntamiento de Xinzo de Limia y es lo cierto que desde la publicación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, se pone de manifiesto que la vía jurisdiccional contencioso administrativa pasa a ser la única competente en materia de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, tanto en relaciones de derecho público como de derecho privado (arts. Y sin que en el presente caso quepa siquiera plantear la tesis de la ''vis atractiva'' pues para ello se requiere que se haya demandado además, con carácter principal, a una persona, particular o jurídica, privada que pueda en determinados casos generar la atracción a la vía ordinaria civil. Se desestima el recurso.

Voces

Juicio de cognición

Falta de jurisdicción

Excepciones procesales

Responsabilidad

Culpa

Falta de competencia

Responsabilidad patrimonial

Fundamentos

 

(APELACION CIVIL)

La Audiencia Provincial de Orense, constituida por los Señores, don Abel Carvajales Santa_Eufemia, Presidente, don José _ Ramón Godoy Méndez y doña Josefa Otero …

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