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Sentencia Civil Nº 39, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 2761/97 de 23 de Enero de 1998
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Orden: Civil
Fecha: 23 de Enero de 1998
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: TABOADA CASEIRO, MARIA DEL CARMEN
Nº de sentencia: 39
Resumen
En el primer motivo del recurso y el segundo se alega la
nulidad; en el primero con fundamento en el tiempo que se ha tardado en dictar
sentencia, y en el segundo por la falta de motivación ya que carece de
exposición de los hechos. Por ello, en cuanto el primer motivo señalar que aún
cuando no se ha respetado el plazo para dictar sentencia
ha transcurrido un largo período de tiempo desde que hay
autos quedaron conclusos para sentencia, ello no puede acarrear la nulidad,
porque ya se especifica que no se ha observado el plazo para dictar sentencia
en base al el número de causas penales en trámite, aunque tal tardanza no sea
lo más adecuado. El tercer motivo del recurso, en esencia, plantea el error en
la valoración de las pruebas practicadas. Si bien las alegaciones aducidas al
respecto no pueden prosperar y ha de mantenerse la valoración efectuada por la
Juez de instancia.
Se desestima el recurso.
Voces
Sociedad cooperativa
Juicio de cognición
Prueba pericial
Práctica de la prueba
Error en la valoración
Fundamentos
JUZGADO: 1ª INSTANCIA No 2 DE RIBEIRA ROLLO: No 2761/97
N U M E R 0 39
La Coruña, a veintitrés de enero de mil novecientos noventa y ocho.
LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL …
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