Sentencia CIVIL Nº 380/20...re de 2018

Última revisión
17/09/2017

Sentencia CIVIL Nº 380/2018, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 5, Rec 255/2018 de 17 de Diciembre de 2018

Tiempo de lectura: 14 min

Tiempo de lectura: 14 min

Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 17 de Diciembre de 2018

Tribunal: AP - Vizcaya

Ponente: GARCIA LARRAGAN, MARIA MAGDALENA

Nº de sentencia: 380/2018

Núm. Cendoj: 48020370052018100318

Núm. Ecli: ES:APBI:2018:2088

Núm. Roj: SAP BI 2088/2018

Resumen:
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia ha estimado la demanda interpuesta por la Sra. Rosana en reclamación de cantidad a AERO LINK AIR SERVICES S.L. por los servicios que quedaron pactados en el contrato de curso de aviación ( curso integrado JAR y curso de instructor ) suscrito entre las litigantes el día 3 de octubre de 2008 y que no le fueron prestados; pronunciamiento frente al que se alza la representación de dicha demandada sosteniendo en su primer motivo de recurso la existencia de una novación modificativa del contrato tácitamente aceptada por la actora en cuanto al lugar de prestación del curso, existiendo actos concluyentes al respecto al haberse trasladado la Sra. Rosana a Sabadell durante meses para reanudarlo allí, lo que entiende impide acoger la existencia del incumplimiento que establece la sentencia recurrida por el hecho de que se cerrase la escuela de Bilbao. Aduce además que se ha incurrido en errónea valoración de la prueba puesto que si en el contrato no se fija un plazo concreto del curso sí se fija éste en el folleto publicitario del mismo que AERO LINK entrega a los alumnos y se evidencia la existencia de un calendario del propio texto de las cláusulas contractuales. Y finalmente sostiene que se ha incurrido en vulneración de la doctrina del retraso desleal como conducta contraria a la buena fe ya que la actora no exigió la devolución del precio del curso cuando tuvo conocimiento de que la escuela cerraba su sede de Bilbao sino que asistió a clases durante meses en Sabadell aceptando la propuesta de concluirlo allí, no reclamando judicialmente hasta cuatro años después de abandonar definitivamente dicho curso. Solicita por todo ello que se dicte resolución que por la que se estime el recurso de apelación con revocación de la sentencia recurrida en los términos interesados e imposición de costas a la adversa si se opusiera.

Encabezamiento


AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN QUINTA
BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - BOSGARREN SEKZIOA
BARROETA ALDAMAR 10-3ª planta - C.P./PK: 48001
Tel.: 94-4016666
Fax / Faxa: 94-4016992
NIG P.V. / IZO EAE: 48.04.2-17/020306
NIG CGPJ / IZO BJKN :48020.42.1-2017/0020306
Recurso apelación juicio verbal LEC 2000 255/2018 - N
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Bilba...

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Principio de no discriminación y contrato
Disponible

Principio de no discriminación y contrato

Barba, Vincenzo

13.60€

12.92€

+ Información

Los acuerdos y contratos preparatorios de otros contratos
Novedad

Los acuerdos y contratos preparatorios de otros contratos

Zurita Herrera, Pedro

21.25€

20.19€

+ Información

Transparencia e integridad en grandes eventos deportivos
Disponible

Transparencia e integridad en grandes eventos deportivos

Claudio de Castro Panoeiro

17.00€

16.15€

+ Información