Última revisión
Sentencia Civil Nº 378, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 189/98 de 19 de Mayo de 1998
Texto
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: Civil
Fecha: 19 de Mayo de 1998
Tribunal: AP - Lugo
Ponente: FERNANDEZ CLOOS, EDGAR AMANDO
Nº de sentencia: 378
Resumen
AUDIENCIA PROVINCIAL
LUGO
0771119
S E N T E N C 1 A Nº 378
D. FP.ANCISCO CAAMAÑO PAJARES D. EDGAR_AMANDO FERNANDEZ
CLOOS. DOÑA ANA DIAZ PEREZ
LUJGO, a diecinueve de Mayo de mil novecientos noventa y
ocho
La Ilma.Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado
de apelación, el Rollo de Sala nª 189/98 diunanante de los autos de Juicio
verbal civil, nc.40/97 tramitados por el Juzgado de Primera instancia de
Villaba no Uno, sobre reclamación de cantidad; siendo apelantes los demandantes
Pilar y Demetrio M , asistidos del Letrado Sr. Da Pena Ceide y apelados la
demandada A.. Gestión de Seguros y Reaseguros S.A. asistida por el Abogados Sr.
Santiago Arnnesto, y Ponente el Magistrado Ilmo Sr. Dn. Edgar Amando Fernández
Cloos.
ANTECEDENTES DE HECHO,
PRIMERO: Que con fecha, cinco de enero de mil novecientos
noventa y ocho el Juzgado de primera Instancia de Villalba no Uno, dictó
sentencia en los referidos autos
cuya parte dispositiva dice así:
FALLO: Que debo desestimar y DESESTIMO íntegramente la
demanda formulada por Procurador D. Luis Oscar Palacios Vila en nombre y
representación de Da PILAR M y D. DEMETRIO M , contra la COMPAÑIA DE SEGUROS
A.. S.A, representada por la Procuradora, Dª M' del Carmen Paredes González,
declaro no haber lugar a la misma y en su virtud ABSUELVO a dicha parte
demandada de los pedimentos contra ella deducidos, con expresa condena en
costas a la parte actora.
SEGUNDO: La relacionada sentencia, se recurrió en
apelación por Pilar y Demetrio M , que fue admitido en ambos efectos, por cuyo
motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las
partes para que comparecieran ante la misma a usar de sus derechos.
TERCERO: En la tramitación del presente recurso se han
observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
PRIMERO: Se aceptan y dan por reproducidos los de la
sentencia que se recurre; y además:
SEGUNDO._ Cierto es que en la interpretación de la
responsabilidad extracontractual la jurisprudencia se viene produciendo en
criterios de cuasi_objetividad pero, en todo caso, moviéndonos siempre en
ámbitos de culpabilidad y exigiendo en el agente _demandada_ la comisión de una
actuación únicamente negligente o imprudente.,
En el presente supuesto y por el testimonio de los
testigos, vecinos del lugar del siniestro, se viene a acreditar que las huellas
de frenada que existían en la calzada eran ajenos al coche de la demandada.
También resulta plenamente acreditado que el peatón
fallecido cruzaba la calzada por un punto no destinado a tal efecto y sorprendiendo
a la conductora demandada sin que exista la menor acreditación de que ésta
incurriera en ningún tipo de negligencia en su conducción. En consecuencia la
Sala entiende que, en este juicio declarativo, es acertado el criterio del
Juzgador en cuanto que desestima la demanda de los actores y más aún cuando, en
lo que respecta a su legitimación activa, no se acredita en fama que
_mantuvieron convivencia, más allá de visitas esporádicas, con su tía.
Vistos los artículos citados y demás de general aplicación
al presente caso
FALLAMOS
Que debemos de confirmar y confirmamos la sentencia
dictada en fecha 5/1/98 por el Sr. Juez de Primera Instancia no Uno de
Villalba, Imponiendo al recurrente el abono de las costas de esta alzada.
Voces
Reclamación de cantidad
Reaseguro
Compañía aseguradora
Responsabilidad civil extracontractual
Comisiones
Legitimación activa
Tío
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
LUGO
0771119
S E N T E N C 1 A Nº 378
D. FP.ANCISCO CAAMAÑO PAJARES D. EDGAR_AMANDO FERNANDEZ CLOOS. DOÑA ANA DIAZ PEREZ
LUJGO, a diecinueve de Mayo de mil …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder