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Sentencia Civil Nº 370/2011, Audiencia Provincial de Malaga, Sección 4, Rec 332/2010 de 05 de Julio de 2011
Relacionados:
Orden: Civil
Fecha: 05 de Julio de 2011
Tribunal: AP - Malaga
Ponente: DELGADO BAENA, JOAQUIN IGNACIO
Nº de sentencia: 370/2011
Núm. Cendoj: 29067370042011100359
Voces
Pagaré
Letra de cambio
Endoso en blanco
Representación procesal
Cheque
Endoso
Endosatario
Falta de provisión de fondos
Obligación cambiaria
Negocio causal
Firma del endosante
Acción cambiaria
Librado cambiario
Acción cambiaria directa
Acción directa
Acción de regreso
Buena fe
Encabezamiento
S E N T E N C I A Nº 370/11
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO MIXTO Nº1 DE VELEZ MALAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 332/2010
JUICIO Nº 841/2008
En la Ciudad de Málaga a cinco de julio de dos mil once.
Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Juicio Cambiario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Rodolfo que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por la Procuradora Dª. NIEVES LOPEZ JIMENEZ, y defendido por el Letrado D. PEDRO PABLO MERINAS SOLER. Es parte recurrida B.B.V.A. que está representado por el Procurador D. FERNANDO GARCIA BEJARANO y defendido por el Letrado D. RODRIGO PEREZ VIVAR, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
Antecedentes
PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 11/11/09, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que Se desestima el motivo de oposición alegado y se manda seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados o que en lo sucesivo se enbarguen como de la propiedad de don Rodolfo y con su producto hacer entero y cumplido pago a la entidad mercantil Bbva de la cantidad de 68.997,72 E. importe nominal del pagaré, mas 20.699 E. de presupuesto de intereses y costas causadas y que en lo sucesivo se causen y a cuyo pago se condena a la entidad demandada".
SEGUNDO.- Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 10/05/11quedando visto para sentencia.
TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.
Fundamentos
PRIMERO : Por la representación procesal de D.
Rodolfo , que comparece cen calidad de apelante, se alega en primer lugar falta de formalidades legales de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 810 de la
Por la representación procesal de la entidad BBVA S.A., se presentó escrito de oposición al recurso planteado, impugnando las alegaciones realizadas de contrario y, solicitando la confirmación de la resolución recurrida.
SEGUNDO : Examinando las alegaciones de la parte recurrente habrá que comenzar sobre las alegaciones de falta de formalidades legales. Sobre esta cuestión el
artículo 96 de la
Por todo lo expuesto procede la confirmación de la resolución recurrida, dándose por reproducidos todos sus fundamentos jurídicos.
TERCERO : A tenor de lo dispuesto en los
artículos
Vistos los artículos citados y demás de pertinente y general aplicación.
Fallo
: Que desestimando el recurso de apelación planteado por la representación procesal de D. Rodolfo , contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Velez-Málaga, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución, con expresa imposición a la parte apelante de las costas procesales originadas en esta alzada.
PUBLICACIÓN .- Fue leída la anterior sentencia, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a Ponente, estando constituido en Audiencia Pública, de lo que doy fe.
Ver el documento "Sentencia Civil Nº 370/2011, Audiencia Provincial de Malaga, Sección 4, Rec 332/2010 de 05 de Julio de 2011"
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