Orden: Civil
Fecha: 04 de Diciembre de 2018
Tribunal: AP - Vizcaya
Ponente: HUERTA SANCHEZ, MARIA ELISABETH
Nº de sentencia: 364/2018
Núm. Cendoj: 48020370052018100310
Núm. Ecli: ES:APBI:2018:2080
Núm. Roj: SAP BI 2080/2018
Resumen
PRIMERO.- La representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE DIRECCION000 Nº NUM000 DE SANTURTZI se alza contra la sentencia dictada en primera instancia y solicita que la misma sea revocada en el sentido de mantener la validez del acuerdo impugnado, todo ello por entender que la sentencia apelada ha incurrido en error en la apreciación de la prueba, al prescindir de cierta prueba documental e interpretar erróneamente otras pruebas, pues esta parte ha logrado probar que realmente no se produjo acuerdo modificatorio de las cuotas comunitarias, y no ha habido ningún abuso por parte de la Comunidad y caso de haber existido, no se ha traducido en ningún perjuicio real y constatable para las actoras, ya que la estricta adopción de los acuerdos no fué más alla de lo que en el Acta se refleja y por mucho que se fuerce el argumento de que hubo modificación de cuotas, es evidente que, tal y como se colige del Acta, que no se fué más allá de lo que el orden del día debe de ser, y así en cuanto al punto tercero, no se ha producido una aprobación de cambio de cuotas y que se haya constatado un acuerdo de aplicar más cuotas de participación que no se aprobaron y que en ese momento se sugiriese se habían realizado, y específicamente se dice que el haber solicitado el estudio de medición del Inmueble y de modificación de cuotas comunitarias, fue con el objeto de comenzar su aplicación desde que se producía la aprobación en la Junta de vecinos que corresponda y decir que ésto es una aprobación no es admisible, cuando nada se votó, ni que decir tiene que el acuerdo que en su día se adoptó, si se acuerda para tal cambio de coeficientes de participaciones, tendrá que ser unánime, dejando constancia de las votaciones y comunicarlo a los no asistentes con arreglo a la ley, no pudiendo entenderse, como se ha podido considerar que la Juzgadora de Instancia, que se podía haber producido una modificación de cuotas comunitarias, debiendo apreciarse cosa juzgada en relación con lo ya resuelto en la sentencia firme nº 19
Voces
Representación de la comunidad de propietarios
Error en la valoración de la prueba
Estatutos de la comunidad de propietarios
Excepción de cosa juzgada
Comunidad de propietarios
Modificación del título constitutivo
Título constitutivo de la comunidad de propietarios
Encabezamiento
j
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN QUINTA
BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - BOSGARREN SEKZIOA
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